BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ LUNA CRISTALDO, MATIAS GABRIEL s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO
El Banco de la Nación Argentina demandó a Matías Gabriel Luna Cristaldo por cobro de pesos por préstamos otorgados vía home banking y cajero automático. El Juzgado Federal N°2 hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $1.291.455,13 más intereses, gastos y costas, fundando la decisión en la prueba documental obrante y en la rebeldía del demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Nación Argentina, representado por el Dr. José Mariano Méndez y patrocinado por el Dr. José Javier Nahin (y posteriormente la Dra. Flavia Noelia Rodríguez como apoderada).
Demandado: Matías Gabriel Luna Cristaldo.
Objeto: Cobro de pesos por saldo de cinco préstamos otorgados y acreditados en la cuenta sueldo Nro. 1309253405 del demandado, por la suma total reclamada de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 13/100 ($1.291.455,13) más intereses, gastos y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda en todas sus partes y se condenó al demandado al pago de $1.291.455,13 con más intereses, gastos y costas; se impusieron las costas a la demandada vencida y se difirió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como en el fallo):
"La declaración de rebeldía no entraña sin más el reconocimiento ficto, por parte del rebelde, de la verdad de los hechos alegados por la otra parte como fundamento de su pretensión" y que "Los ordenamientos procesales vigentes en nuestro país adhieren al sistema en cuya virtud la declaración de rebeldía constituye fundamento de una presunción simple o judicial, en forma tal que incumbe al juez valorando los elementos de juicio incorporados al proceso, estimar si la incomparecencia o el abandono importan o no, en cada caso concreto, el reconocimiento de los hechos afirmados por la otra parte".
"De la prueba documental acompañada por la parte actora a fin de avalar su pretensión (c.fr. Términos y condiciones de los préstamos solicitados por el canal electrónico Home Banking, mail de envío de términos y condiciones al cliente mediante casilla denunciada por el mismo, extractos de la caja de ahorro, detalle de los créditos otorgados, resolución solicitud de productos y carta documento con acuse de recibo) resulta probado que la parte demandada obtuvo de su mandante CINCO (5) créditos en PESOS acreditados en su Cuenta sueldo Nro. 1309253405 (...) resultando así, en total un saldo deudor en mora de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 13/100 ($1.291.455,13); no observado por la parte demandada."
"Que, como corolario de lo precedentemente expuesto y merituado, entiendo que la mora del deudor ha quedado configurada y encontrándose incumplidas las obligaciones que sobre ella pesaba, corresponde hacer lugar a la acción instaurada por el banco actor."
Sentencia resolutiva:
"I)
- HACER LUGAR en todas sus partes a la acción entablada por el Banco de la Nación Argentina contra MATÍAS GABRIEL LUNA CRISTALDO, y en consecuencia, condenar al nombrado a abonar al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 13/100 ($1.291.455,13) con más sus intereses, gastos y costas, conforme a la liquidación que la parte actora practicará en la etapa de ejecución."
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