Legajo Nº 9 - IMPUTADO: FALCKE, JULIO CESAR FULGENCIO s/LEGAJO DE CONTROL
Se solicitó la prórroga de la prisión preventiva de Julio César Fulgencio Falcke en el marco del debate oral por presuntos crímenes contra la humanidad. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga por seis meses o hasta la finalización del debate y exhortó al tribunal de mérito a acelerar la conclusión del juicio, fundando su decisión en la naturaleza de los ilícitos, la etapa final del debate y el precedente “Acosta”.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata (actuación que prorrogó la medida).
- A quién se demanda (Demandado / afectado): Julio César Fulgencio Falcke (imputado).
Objeto: Prórroga de la prisión preventiva por seis meses o hasta la finalización del debate oral y público y dictado de sentencia.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal tomó formalmente nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta por el Tribunal Oral y, por mayoría, instó al tribunal de mérito a resolver la situación procesal del imputado dentro del plazo dispuesto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
“(P)RORROGAR la prisión preventiva dictada respecto de […] Julio César Fulgencio Falcke […] a partir del 26 de junio del corriente por el término de seis (6) meses o hasta la finalización del debate oral y público que se está llevando a cabo, lo que ocurra primero, a los fines de asegurar la realización del juicio y la comparecencia [del imputado] (arts. 319 del CPPN y art. 1 de la Ley 24.390)” (el resaltado y las mayúsculas pertenecen al original).
“En atención a los fundamentos dados por el tribunal, especialmente en punto a que ‘(e)l juicio se encuentra transitando actualmente la etapa final, habiendo culminado con su alegato el Ministerio Público Fiscal el pasado 12 de junio’, corresponde tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Julio César Fulgencio Falcke, por el término de seis meses o hasta la finalización de la audiencia de debate y dictado de la sentencia, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento.”
“Que los fundamentos expresados en la decisión bajo control se ajustan a los parámetros establecidos en la normativa que regula la materia, interpretada a la luz de las pautas delineadas por el cimero tribunal in re ‘Acosta’ (Fallos: 335:533). En particular, el a quo ha fundado la extensión de la medida cautelar en la naturaleza de los ilícitos juzgados, caracterizados como crímenes contra la humanidad, y en la voluminosidad y complejidad del proceso que transita ya la etapa final del debate (art. 393 del ritual). A la vez, se ha justipreciado que el incusado se encuentra en prisión domiciliaria (Cfr. Considerando 28° del precedente citado).”
Resolución: “I. TOMAR NOTA de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Julio César Fulgencio Falcke, por el término de seis meses o hasta la finalización de la audiencia de debate y dictado de la sentencia, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento (art. 1° de la Ley 24390, texto según Ley 25430). II. Por mayoría, INSTAR al tribunal de mérito a resolver la situación procesal del imputado dentro del plazo dispuesto.”
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