PAEZ, MATÍAS NAHUEL c/ TEX CARE ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y reclamó indemnizaciones, vacaciones, SAC y accesorios. La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de grado pero modificó la condena principal y ordenó recalcular intereses y accesorios conforme a la ley 27.802, reduciendo el capital de condena a $1.129.938,16.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Matías Nahuel Páez (PAEZ, MATÍAS NAHUEL).
Demandado: TEX CARE ARGENTINA S.A.
Objeto: Indemnización por despido y rubros laborales (arts. 231, 232, 233, 245 y concordantes LCT), vacaciones no gozadas 2020 y proporcionales 2021 con incidencia de SAC, SAC proporcional primer semestre 2021; multas y duplicación indemnizatoria por normativa aplicable.
Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo —Sala X— confirmó la sentencia de grado en lo esencial (se hizo lugar a la demanda en lo indemnizatorio) pero modificó la liquidación de la condena: el capital por la acción por despido se redujo y fijó en $1.129.938,16; ordenó que los intereses y actualización se calculen en la etapa de liquidación conforme a lo dispuesto por el art. 55 de la ley 27.802; confirmó aplicabilidad de art. 2 ley 25.323 y art. 3 del Dec. 34/2019; revocó la condena por art. 80 LCT en lo decidido por el voto principal pero hubo disidencia parcial (ver abajo).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"Como antecedente, debe señalarse que llega firme a esta instancia que entre las partes existió un vínculo laboral que quedó extinguido por voluntad de la empleadora en la CD del 30/03/2021 no acreditándose en la causa que el actor haya incurrido en las conductas imputadas. En consecuencia, se hizo lugar a la demanda en cuanto a las sumas indemnizatorias (arts. 231, 232, 233, 245 y conc. de la LCT), como así también los rubros vacaciones no gozadas 2020 con más su incidencia de SAC, vacaciones proporcionales 2021 con más su incidencia de SAC y el S.A.C. proporcional, primer semestre de 2021. Por otra parte, progresaron las indemnizaciones establecidas en los arts. 2 de la ley 25323, art. 80 de la L.C.T y Decreto Nro. 34/2019."
"A mayor abundamiento , cabe decir como ya ha sido sostenido por esta Sala en su integración anterior, para eximirse total o parcialmente la demandada del pago de la multa establecida por el citado art. 2° –conforme a lo establecido en su segundo párrafo
- debió demostrar que intentó abonar al actor las indemnizaciones generadas por su despido, lo que no acontece en el caso concreto..."
"IV.
- Debido a todo lo dicho, el capital de condena por la acción por despido será recalculado, reduciéndose a la suma de $1.129.938,16 (pesos un millón ciento veintinueve mil novecientos treinta y ocho con dieciséis centavos), el que llevará hasta su efectivo pago los intereses fijados en este decisorio."
"V.
- Sentado ello, se analizarán el reproche efectuado contra los accesorios de condena. No puede soslayarse que mediante el art. 55 de la ley 27.802 (BO del 06/03/2026) se diseñó para las causas en trámite un régimen específico de actualización... En lo que interesa, se dispuso: 'En los juicios en trámite y aún pendientes de sentencia definitiva a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley... los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados en base a los siguientes criterios: A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines para el período correspondiente; En ningún caso el resultado... podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) ... con más una tasa de interés del tres por ciento (3% anual); El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b)...'"
"Las disposiciones del presente artículo son de orden público y serán aplicadas por los jueces o por la autoridad administrativa, de oficio o a petición de parte..."
Votos y disidencia relevante:
- Voto mayoritario (Dr. LEONARDO J. AMBESI): propone confirmar la sentencia en lo demás, reducir el capital a $1.129.938,16 y practicar la liquidación conforme art. 55 ley 27.802.
- Adhesión del Dr. GABRIEL DE VEDIA salvo en lo relativo al rechazo de la indemnización del art. 80 LCT (él propone mantenerla), explicando que el actor intimó (texto del fallo registra fechas 26/05/2021 y TCL 22/06/2021 y en otro pasaje 22/07/2021) y que la demandada no consignó judicialmente la puesta a disposición.
- La Dra. SILVIA PINTO VARELA adhiere al voto del Dr. DE VEDIA.
(Se aplicó mayoría y se resolvió conforme al acuerdo señalado).
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