VALLEJO ALCOBA, JENRRY c/ PROVINCIA ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por indemnización por incapacidad derivada de un accidente laboral contra PROVINCIA ART S.A. El Juzgado rechazó la demanda por falta de prueba de la incapacidad y por haberse tenido al actor por desistido de las pericias médicas y psicológicas; se condenó al actor a pagar costas y se regularon honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VALLEJO ALCOBA JENRRY.
Demandado: PROVINCIA ART S.A.
Objeto: Cobro de suma resultante de liquidación por indemnización por incapacidad derivada de un accidente (Ley especial).
Decisión: Rechazar la demanda por carecer de causa por no acreditar el padecimiento incapacitante ni concurrir a las pericias ofrecidas; imponer costas a la parte actora; regular honorarios profesionales y periciales en los montos consignados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Frente a la negativa expresa de la demandada, correspondía al actor acreditar el padecimiento de la incapacidad por la que reclamó y su vínculo con los hechos narrados, pues solo de acreditarse la existencia del daño cabría entrar a considerar las inconstitucionalidades y defensas planteadas.
Pese a esta carga inexcusable, quedó concluido el período probatorio sin que el actor arrimara elemento alguno en tal sentido, ya que las diferentes intimaciones que se le practicaran a los efectos que la peritas médicas y psicóloga pudieran examinarlo no concurrió a las citas que se les practicara.
Como consecuencia, se hizo efectivo el apercibimiento dispuesto en la misma y se tuvo al actor por desistido de la pericia médica y psicológica ofrecida por él y renuente aquella propuesta por la demandada.
En consecuencia, no habiendo logrado el actor acreditar los extremos de hecho que hacen al fundamento de su pretensión, corresponde rechazar la demanda en todas sus partes por carecer de causa (art.726 del Código Civil y Comercial de la Nación)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.
- Montos y resolución sobre honorarios y peritas (transcripción):
"Regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora, demandada y, peritas HORIKIAN ANDREA VERONICA médica en las respectivas sumas de $ 1.001.730 (PESOS PESOS UN MILLON MIL SETECIENTOS TREINTA equivalente a 10 UMAS), $1.202.076 (PESOS UN MILLON DOSCIENTOS DOS MIL SETENTA Y SEIS, equivalente a 12 UMAS) y $300.519 (PESOS TRESCIENTOS MIL QUINIENTOS DIECINUEVE, equivalente a 3 UMAS) para cada perita, en todos los casos conforme Acordada CSJN nro. 5/2026, por todas las tareas realizadas con relación a estos autos y con más el I.V.A. en caso de corresponder."
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