CASTRO NASCENTE, SAUL EDUARDO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador apeló la confirmación de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional que declaró desistida la pericia médica. La Cámara confirmó la sentencia de grado por deserción del recurso y falta de crítica concreta conforme al art. 116 L.O., al acreditarse la inasistencia del actor a la citación y la ausencia de justificación.
Actor: Castro Nascente, Saúl Eduardo (trabajador). Demandado: Federación Patronal Seguros S.A. Objeto: Se litiga sobre la validez del procedimiento médico-pericial y, en subsidio, la procedencia del reclamo laboral (confirmación de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional y cuestionamiento de la deserción de la pericia). Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había confirmado la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional; se impusieron las costas de Alzada a la actora y se confirmaron los honorarios del perito médico y se reguló el 30% para los letrados que acudieron a la Cámara.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La lectura del recurso permite advertir que no cumple con lo dispuesto en el artículo 116 de la L.O., en tanto no constituye una crítica concreta y razonada de lo resuelto en la instancia previa, sino que consiste en meras disconformidades, expresadas contra un pronunciamiento que le resulta adverso."
"De las constancias de la causa se extrae que el accionante no concurrió a la citación que se le cursó para ser revisado por el perito médico -ver fs. 11-, ni tampoco dio razones de su inasistencia, circunstancia que motivó la resolución de fs. 15, en la que se lo tuvo por desistido de la pericial médica y renuente en la ofrecida por la contraria."
"Ambas actuaciones llegan firmes a esta instancia, en la medida en que no merecieron cuestionamiento alguno. A ello cabe agregar que tampoco se impugnó el auto que ordenó el pase a sentencia (fs. 17)."
"La reseña efectuada, sumada a la debilidad de las críticas presentadas por el apelante, definen la deserción del recurso."
"Por ello, no encuentro motivos para modificar lo resuelto en la instancia previa, como así tampoco para disponer una medida para mejor proveer como la solicitada. En definitiva, corresponde confirmar lo resuelto en grado."
Voto de adhesión mayoritario: La Doctora Maria Dora Gonzalez "por análogos fundamentos, adhiero al voto que antecede."
Dispositivos relevantes:
"1.
- Confirmar la sentencia apelada;
2.
- Imponer las costas de Alzada a la actora;
3.
- Regular los honorarios de los letrados firmantes de los escritos dirigidos a esta Cámara, en el 30% de los que les fueron fijados en la instancia anterior."
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