ROLON, FLAVIO c/ LA NORTE 1625 SRL -9- Y OTROS s/DESPIDO
El actor demandó por despido e incumplimiento en el ingreso de aportes a la seguridad social y reclamó indemnizaciones y multas. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda por rubros de liquidación final por $155.900,68 y rechazó el carácter extintivo por despido, considerando que el trabajador actuó de forma prematura y sin acreditar períodos impagos no regularizados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ROLON, FLAVIO.
Demandado: LA NORTE 1625 SRL; se reclamó extensión de responsabilidad contra PANIFICADORA VIAMONTE SRL, PANIFICADORA MAIPU 608 SRL, y REY DIEGO OSCAR; tercero citado: COMPOSTELA S.A.
Objeto: Despido (considerado por el actor a consecuencia de la falta de ingreso de aportes y contribuciones a la seguridad social), indemnizaciones por despido incausado, sanciones previstas en art. 132bis y art. 80 LCT, y entrega de certificados art. 80 LCT; extensión de responsabilidad por conjunto económico y responsabilidad societaria del socio gerente.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a LA NORTE 1625 SRL a abonar la suma de $155.900,68 (días trabajados, SAC proporcional y vacaciones) con actualización por IPC más interés del 3% anual desde la exigibilidad (22/04/2021). Se rechazaron las indemnizaciones por despido incausado y las multas (art. 132bis y art. 80 LCT). Se desestimó la demanda contra PANIFICADORA VIAMONTE SRL, PANIFICADORA MAIPU 608 SRL, REY DIEGO OSCAR y COMPOSTELA S.A. Se ordenó entrega del certificado art. 80 LCT en 10 días bajo apercibimiento de astreintes de $20.000 diarios hasta 30 días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"El actor relata en su demanda que comenzó a prestar servicios para la demandada LA NORTE 1625 SRL ... que al menos desde el mes de marzo 2020 y pese a los descuentos efectivamente realizados en los recibos de sueldo del actor, estarían impagos en su totalidad los aportes a seguridad."
"El 6/11/24 declaró: BETTY PIZZARRO VACA ... Que sabe que el actor dejo de trabajar porque no le pagaban porque lo veía que iba a cobrar y no le pagaban, que el se iba quejándose que no le pagaban."
"Vengo a aclarar que el (3) significa 'Período en regularización. Incluido en plan de facilidades de pago', mientras que el (4) significa 'Este período está alcanzado por el decreto 332/20 que dispone la postergación del pago de Contribuciones SIPA'. Asimismo, vengo a aclarar que el certificado exhibido comienza en el período febrero 2019."
"El principio apuntado importa –entre otras exteriorizaciones
- que empleador y trabajador actúen con coherencia de comportamiento, que consiste en la necesidad de observar en el futuro la conducta que los actos anteriores hacían prever. La mala fe no se presume, pero en el presente caso, la inconsecuencia que evidenció el actor ... al negarse constatar el plan de pagos e inmediatamente extinguir el vínculo, máxime en el contexto de la pandemia por COVID19
- me conduce, al menos, a tener por verificada una desatención a la regla de buena fe."
"En definitiva, frente a este escenario ... corresponde el rechazo de la demanda en lo principal el reclamo, por considerar que el actor no se encontró asistido a derecho al considerarse despedido... Toda vez que la demandada no acreditó haber abonado la liquidación final, la presente acción procederá por los siguientes rubros: DIAS TRABAJADOS (22) $ 59.961,80; SAC PROP $ 27.255,36; VACACIONES $ 68.683,52; TOTAL: $155.900,68."
"La referida disposición tiene carácter claramente sancionatorio ... En tal sentido, la Ley 27.743, al eliminar las multas reclamadas, resulta de aplicación inmediata y más benigna para el empleador demandado ... corresponde rechazar los rubros mencionados."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia.
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