RANA VIVIANA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por reajustes varios del haber previsional, cuestionando método de actualización de remuneraciones y de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado (ordenando recálculo de la PBU según precedentes) y confirmó el resto, difiriendo varios planteos de inconstitucionalidad para ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: RANA VIVIANA ESTHER (actora promovente).
Demandado: ANSeS (organismo previsional).
Objeto: Reajustes varios del haber previsional, actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, recálculo de Prestación Básica Universal (PBU), prestaciones autónomas (PC, PAP), inconstitucionalidad de normas (leyes 24.463, 24.241, 27.426, 27.541, 27.609, 27.609) y otras medidas accesorias (impuesto a las ganancias, tasa de sustitución).
Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia para ordenar la actualización de la PBU conforme el precedente citado (aplicando índice de la CSJN en “Badaro” y metodología vinculada), confirmó el resto de lo resuelto por el juez de grado, diferió el tratamiento de varias cuestiones de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución y condenó en costas a la demandada. Reguló honorarios en favor de la representación letrada de la actora (30% sobre lo fijado en primera instancia más IVA si correspondiera).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Respecto al agravio que versa sobre la actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial, atento a que todas las remuneraciones utilizadas para dicho cálculo son posteriores a marzo de 2009, corresponde rechazar los agravios intentados al respecto debido a que el actor no lograr demostrar el perjuicio concreto que la aplicación de la normativa cuyo desplazamiento pretende le irroga."
"Incurre en reformatio in peius el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos T325 P3318)."
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredita que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
"Por ende, propongo revocar parcialmente lo dispuesto en la instancia de grado y determinar que el recálculo de la PBU deba realizarse en los términos que surgen del precedente aludido."
Voto de la Dra. Dorado (sobre PBU): "Se calculará la variación porcentual entre la PBU reajustada (calculada con el índice mencionado) y la PBU sin reajustar, con respecto al haber inicial (fórmula: [(PBU reajustada
- PBU sin reajustar) / haber inicial] x 100). Si el porcentaje obtenido supera el 15 % referido, se procederá a la actualización de la PBU."
Además, se consignó la remisión a precedentes para tratar cuestiones tributarias y de otras leyes: "la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido en los autos: 'García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios'... Cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitirme a dichos fundamentos."
- Votos: La decisión fue por mayoría. El Dr. Juan A. Fantini propuso confirmar en lo principal y revocar parcialmente respecto de la PBU; la Dra. Nora C. Dorado y el Dr. Walter F. Carnota adhirieron, con la Dra. Dorado y el Dr. Carnota coincidiendo en la metodología de la PBU conforme a precedentes.
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