ZALDIVAR EDUARDO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su beneficio previsional conforme la ley 24.241 y la declaración de inconstitucionalidad de normas y decretos. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenó el recalculo del haber y el pago del retroactivo según las pautas fijadas y rechazó la inconstitucionalidad y otros planteos, por no demostrarse lesión constitucional ni confiscatoriedad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ZALDIVAR EDUARDO ALBERTO.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-1035840-0-0) conforme ley 24.241; se solicita además declarar la inconstitucionalidad de diversas disposiciones legales y decretos, incorporación de rubros no remunerativos para el cálculo, y demás pretensiones vinculadas a movilidad y topes.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se declaró procedente el reclamo en cuanto al recalculo del haber conforme las pautas fijadas en el decisorio (incluido el cálculo de merma y el uso del MOPRE actualizado hasta la adquisición del derecho), se rechazó la defensa de prescripción, se ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y el retroactivo dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme; se rechazaron las pretensiones de inconstitucionalidad de la ley 27.609 y otros reclamos por no acreditarse lesión constitucional o confiscatoriedad; se difirieron cuestiones para ejecución (topes, impuesto a las ganancias, integración de no remunerativos, regulación de honorarios). Se impusieron costas en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
1) Sobre la metodología de cálculo y la merma:
"Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada (“M.C”); 2) la “Merma Cuantificada” se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia (“HIRS”); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = (“M.C” x 100 % “HIRS”)."
2) Sobre la atribución legislativa y aplicabilidad de índices:
"En este sentido se ha pronunciado el Alto Tribunal in re: “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes varios” donde sostuvo que a partir de la sanción de la ley 26.417, el legislador reasumió la atribución de elegir el índice de actualización de los salarios (art. 2°)... la fijación del índice de actualización no puede considerarse incluida dentro de las atribuciones genéricas que la ley 24.241 ... corresponde al Congreso proveer lo conducente 'al desarrollo humano' y 'al progreso económico con justicia social' y que 'es el Congreso Nacional en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, el que deberá establecer ... el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial'."
3) Sobre la inconstitucionalidad y razonabilidad de la ley 27.609:
"A la luz de lo reseñado, y ante la carencia de indicadores adecuados que permiten llegar a la convicción de la falta de razonabilidad de los preceptos en crisis, no se configura en el caso el agravio constitucional que justificaría admitir la demanda. En este orden, resulta insuficiente para tener por demostrada la lesión constitucional invocada el argumento esbozado."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia expresados en la sentencia.
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