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FRANCISCO, LAURA NORA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió acción de daños y perjuicios contra EDESUR S.A. por cortes de suministro y perjuicios materiales y morales. El Juzgado rechazó la demanda por entender que las interrupciones acreditadas (aprox. 59 h. 56 min. en 3 años) no configuran incumplimiento imputable que genere daño resarcible.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sra. Laura Nora Francisco, por derecho propio. Demandado: Empresa Distribuidora Sur S.A. (EDESUR S.A.). Objeto: Daños y perjuicios por cortes de suministro eléctrico en el inmueble sito en Virrey Liniers 1293, 6° “C”, por el período 21/03/19 al 21/03/22. Petición por $243.100 (desagregado: $150.000 daño moral; $75.000 daño punitivo; $18.100 gastos). Decisión: Se rechazó la excepción de prescripción opuesta por la demandada; se rechazó la demanda; se impusieron costas por su orden; se reguló honorarios y emolumentos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Del informe brindado por el Ente Nacional Regulador de Electricidad incorporado al Sistema LEX100 con fecha 11/09/23 -que no fuera impugnado oportunamente por las partes-, se desprende que en el inmueble sito en la calle Virrey Liniers N°1293, 6° “C”, en el período reclamado en la demanda, los cortes de suministro eléctrico que se produjeron entre 21/03/19 y el 21/03/22, insumieron un total de 3.596 minutos. Esto equivale a 59 horas y 56 minutos, es decir, aproximadamente dos días y medio sin suministro eléctrico en un plazo de 3 años. En este sentido, no debe perderse de vista que el ENRE es un ente público, imparcial y especializado en la materia, de modo que resulta prudente presumir la veracidad de la información que proporciona en tanto no se aporte suficiente y convincente prueba que la desvirtúe." "En función de lo previsto en la normativa aplicable -que no ha sido objetada
- y prueba agregada, entiendo que en el presente caso no hay mérito suficiente para compeler a EDESUR S.A. a responder por los supuestos daños derivados de la interrupción del servicio eléctrico, ya que consistieron en unos breves cortes de poca duración (conf. informe del ENRE e informe pericial contable citado). Asimismo, tampoco se alegó alguna cuestión vinculada a la rotura o desperfectos en electrodomésticos propios como consecuencia de los cortes o que existieran problemas de salud que permitan inferir que los breves cortes del servicio causaron deterioro de dicha condición. Las circunstancias anteriores me inclinan por el rechazo de la presente acción." "Por los fundamentos que anteceden, ... FALLO: 1) Rechazar la excepción de prescripción opuesta por EDESUR S.A., con costas por su orden ... 2) Rechazar la demanda interpuesta por la Sra. Laura Nora Francisco. 3) Imponer las costas del juicio por su orden ..."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia.

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