Logo

C., V. O. c/ OSECAC s/SUMARISIMO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación a OSECAC y la derivación de aportes tras obtener el beneficio jubilatorio. El Juzgado hizo lugar al amparo y condenó a OSECAC a mantener definitivamente la afiliación y las prestaciones, ordenando oficio a ANSES para la derivación de aportes, por entender que la baja unilateral no se ajusta a derecho y vulnera el derecho a la salud.

Amparo Obra social Osecac Libre opcion Jubilado Anses Derivacion de aportes Inssjp-pami Derecho a la salud Costas y honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: C., V. O. (afiliado/beneficiario que obtuvo el beneficio jubilatorio). Demandado: OSECAC (Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles). Objeto: Amparo para ejercer la libre opción de obra social, obtener la restitución de su afiliación a OSECAC en las mismas condiciones previas a la jubilación (conservando antigüedad) y que ANSES derive los aportes descontados de su haber previsional a OSECAC en lugar de transferirlos al INSSJP-PAMI. Decisión: Se hizo lugar a la acción; se condenó a la demandada a mantener en forma definitiva la afiliación del actor y las prestaciones médico-asistenciales correspondientes; se libró oficio a ANSES para que proceda a la derivación de aportes; se impusieron las costas a la demandada; se reguló honorarios de la letrada de la actora en 25 UMAs ($2.504.325).
- Fundamentos principales de la decisión (parágrafos transcritos textualmente, citas relevantes): "Que en efecto, tal como lo tiene decidido la jurisprudencia de este fuero (conf. Sala II, causa n° 12.031/05 del 23.10.08; Sala III, causa n° 5899/01 del 26.10.04; Sala I, causa nº 16.173/95 cit.; entre muchas otras), del estudio simultáneo de las leyes 18.610, 18.980 (modificatoria de la anterior) y 19.032, resulta que con la creación del I.N.S.S.J.P. no se produjo un pase automático de beneficiarios de las obras sociales a las que pertenecían al ente creado mediante la última de las normas aludidas precedentemente; por el contrario, esa transferencia resultaría posible sólo en virtud de la opción que voluntaria-mente realizaran quienes estuvieren interesados en ello, pues en caso contrario, mantendrían su afiliación a la obra social originaria (en igual sentido, Fallos: 324:1150)." "Que en consecuencia, estimo que la decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo para quienes ya poseían una obra social (C.N.Civ y Com. Fed., Sala I, causa n° 6.173/95 cit.), pues ese modo de obrar conduce a la actora a un estado de indefensión y desamparo que indudablemente conculca el derecho fundamental a la salud expresamente reconocido en la Constitución Nacional, lo cual no debe ser admitido en sede judicial." "1) Hago lugar a la presente acción. En consecuencia, condeno a la parte demandada a mantener en forma definitiva como afiliada a la parte actora, debiendo mantener las prestaciones médico-asistenciales que les corresponden en tal calidad de acuerdo con lo establecido en el punto 6. Líbrese oficio a la ANSES -conforme al art. 400 del CPCC
- a fin de que proceda a realizar la derivación de aportes correspondientes de conformidad con el presente pronunciamiento (cfr. inc. b) del art. 8 de la Ley 23.660 y C.N.Civ y Com. Fed., Sala I causa 2046/2017 del 30.11.17)." "2) Imponer las costas a cargo de la demandada vencida (art. 68 del C.P.C.C.). Teniendo en cuenta el mérito, eficacia y extensión de la labor desarrollada, etapas cumplidas y naturaleza del proceso, regulo los honorarios de la letrada de la actora, Dra. Fiorella Bianchi en la cantidad de 25 UMAS -equivalente al día de la fecha a la suma de $2.504.325 (dos millones quinientos cuatro mil trescientos veinticinco pesos)-; cfr. arts. 15, 16, 19, 21, 29, 48 y 51 de la Ley 27.423, Resolución SGA 1718/2026 y Ac. 16/2026 de la C.S.J.N."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar