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EN - M ECONOMIA (SEC DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO) c/ ARGENTINA COLOR SRL s/PROCESO DE EJECUCION TRIBUTARIA

El Estado Nacional inició ejecución fiscal contra ARGENTINA COLOR SRL por una multa tributaria. El Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Nº5 hizo lugar a la ejecución y ordenó el cobro de $61.953 más intereses y costas, imponiendo las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Multa tributaria Titulo ejecutivo Intereses bcra Costas Codigo procesal civil y comercial C.c.c.n. arts. 768-769 Cpccn arts. 550 551 558 Estado nacional Argentina color srl.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Estado Nacional
- M Economía (Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo). Demandado: ARGENTINA COLOR SRL (CUIT N° 30-71427582-4). Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $61.953 en concepto de multa, más sus intereses y costas. Decisión: Se mandó llevar adelante la ejecución reclamada hasta hacerse íntegro pago de $61.953 más intereses calculados según la tasa pasiva promedio del BCRA y se impusieron las costas a la ejecutada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "IV. No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones, siendo el certificado de deuda título ejecutivo hábil y concurriendo los demás requisitos extrínsecos de admisibilidad de la pretensión, corresponde dictar sentencia mandando llevar adelante la presente ejecución por la suma reclamada con más sus intereses que serán calculados de acuerdo a la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina, conforme comunicación B.C.R.A. nro. 14.290 (CNCAFed., Sala II, in re: 'DNM c/ Faye, Adama-Expte 5977851/22 s/Ejecución Fiscal Tributarios', Exp. N° 6.298/2024, 12/09/2025), que se calcularán desde la fecha de la mora hasta su efectivo pago (arts. 768 y 769 del C.C.C.N. y arts. 550 y 551 del CPCCN)." "1) Mandando llevar adelante la ejecución promovida por el Estado Nacional-M Economía (Sec de Industria y Desarrollo Productivo) contra ARGENTINA COLOR SRL, CUIT N° 30-71427582-4, hasta hacerse íntegro pago a la ejecutante de la suma de pesos $61.953 con más los intereses fijados en el considerando IV (arts. 768 y 769 del Código Civil y Comercial de la Nación)." "2) Imponiendo las costas a la ejecutada (art. 558 del CPCCN)." (Firmado) "ELÍAS ALFREDO TAPIA JUEZ FEDERAL" — fecha de firma: 16/07/2026.

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