MOLINO CAÑUELAS SACIFIA (TF 85891044-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La actora promovió recurso directo contra la Dirección General de Aduanas por la denegación de repetición de derechos de exportación por $780.866,53. La Cámara rechazó el recurso del Fisco y confirmó la distribución de costas decidida en el organismo de origen, imponiendo las costas de alzada por su orden.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MOLINO CAÑUELAS SACIFIA (TF 85891044-A).
Demandado: Dirección General de Aduanas (DGA) / Fisco Nacional – AFIP-DGA.
Objeto: Repetición de la suma de Pesos Setecientos Ochenta Mil Ochocientos Sesenta y Seis con 53/100 ($780.866,53) abonada en concepto de derechos de exportación (Decreto 793/2018) correspondiente a permisos de embarque indicados.
Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional y se mantuvo la distribución de costas decidida en el organismo de origen; las costas de alzada se imponen por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que, mediante la sentencia del 30 de junio de 2025, la Sala E del Tribunal Fiscal de la Nación, imponiendo las costas en el orden causado, confirmó la RESOL-2024-181-AFIP -ADGUAL#SDGOIA dictada por el Administrador de la Aduana de Gualeguaychú ... por la que, a su vez, se denegó la repetición de la suma de Pesos Setecientos Ochenta Mil Ochocientos Sesenta y Seis con 53/100 ($780.866,53.-) abonada en concepto de derechos de exportación –establecidos conforme el Decreto 793/2018
- correspondiente a los permisos de embarque (PE) 18026EC01003842N, 18026EC01003838S, 18026EC01003899C, 18026EC01003848T, 18026EC01003900X, 18026EC01003925P, 18026EC01003969A y 18026EC01003744Y."
"Que en lo que atañe a las costas del proceso, cabe destacar que la ley 27.430 ... en su artículo 273 sustituyó el texto del art. 1163 del Código Aduanero, por el siguiente: 'La parte vencida en el juicio deberá pagar todos los gastos causídicos y costas de la contraria, aun cuando ésta no lo hubiere solicitado. Sin embargo, la Sala respectiva podrá eximir total o parcialmente de esta responsabilidad al litigante vencido, siempre que encontrare mérito para ello, expresándolo en su pronunciamiento bajo pena de nulidad de la eximición...'; habiendo quedado, de ese modo, expresamente establecida, en materia aduanera, la facultad de distribuir las costas en el orden causado."
"Por esta razón y ponderando las particulares circunstancias que han sido debidamente explicitadas en el pronunciamiento del Tribunal Fiscal, se impone, en este caso puntual, relevar a la actora de esa carga."
"Por tales fundamentos, corresponde rechazar el recurso interpuesto por la demandada y mantener la distribución decidida en el organismo de origen. Las costas de alzada se imponen por su orden, en atención a las alternativas procesales suscitadas en autos (art. 68, segundo párrafo, del CPCCN ...). Por ello, el Tribunal RESUELVE: rechazar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional AFIP-DGA. Con costas por su orden."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en la parte reproducida.
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