Logo

PORTALAU, STELLA MARIS Y OTRO c/ EN-ARCA-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Las co-actoras promovieron acción declarativa contra ARCA solicitando la inconstitucionalidad de artículos de la ley 20.628, el cese de retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre prestaciones previsionales y el reintegro de montos detraídos. La Cámara Federal revocó la declaración de incompetencia territorial del juez de primera instancia y dejó sin efecto la resolución que desplazó la causa a la jurisdicción de Comodoro Rivadavia, por prematuridad del pronunciamiento y por respeto al derecho de opción de la actora.

Juicio declarativo Ley 20.628 Impuesto a las ganancias Prestaciones previsionales Incompetencia territorial Prorrogabilidad de la competencia Arca Derecho de opcion jurisdiccional Camara contencioso administrativo federal Revocatoria

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Portalau, Stella Maris y otra (co-actoras). Demandado: Estado Nacional – Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA). Objeto: (i) declaración de inconstitucionalidad de los arts. 23 inc. c, 79 inc. c, 81 y 90 de la ley 20.628; (ii) cese de las retenciones por Impuesto a las Ganancias sobre prestaciones previsionales; (iii) reintegro de los montos detraídos conforme art. 56 ley 11.683, con más intereses y costas. Decisión: Se admitió el recurso de apelación y se dejó sin efecto la resolución de primera instancia que se había declarado incompetente por territorio, ordenando que continúen las actuaciones en la jurisdicción inicialmente elegida; no se impusieron gastos de sustanciación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que, por resolución de fs. 37, el señor juez de primera instancia se declaró incompetente —en razón del territorio— para entender en las presentes actuaciones. ... dispuso su desplazamiento en favor de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, para su ulterior tramitación." "Que, disconforme con la decisión, las co-accionantes dedujeron y fundaron recurso de apelación... En primer término, subrayan que el a quo —al dirimir de oficio esta controversia— vulneró el principio de prorrogabilidad de la competencia territorial, según las previsiones de los arts. 4º y 5º del Código de rito." "Que, elevadas las actuaciones a esta Cámara, resultó desinsaculada esta Sala para intervenir en ellas... el Señor Fiscal General... se expidió ... en favor de revocar la resolución recurrida." "Que, la controversia ... remite ... a las conclusiones vertidas, por esta Sala, en la causa CAF 50036/25 ... Por lo tanto, a sus términos cabe estar, por razones de brevedad y a fin de evitar innecesarias reiteraciones." "Por lo tanto, y frente al carácter —cuanto menos— prematuro del pronunciamiento por parte del magistrado de grado, corresponde admitir el recurso interpuesto y dejar sin efecto la resolución de fs. 37. Sin gastos causídicos, dada la ausencia de sustanciación. ASÍ SE RESUELVE." Además se consignó que "el señor juez Rogelio W. Vincenti no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109, RJN)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar