ASOCIACION SINDICAL DEL PERSONAL JERARQUICO PREFESIONAL Y TECNICO DE LA ACTIVIDAD MINERA ARGENTINA (ASIJEMIN) c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986
La Asociación Sindical ASIJEMIN promovió acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional por la vigencia de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802. La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la apelación y confirmó la providencia que dejó sin efecto la suspensión cautelar de artículos de la ley, remitiendo consideraciones a la causa CATT n° 13354/2026.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Asociación Sindical del Personal Jerarquizado Profesional y Técnico de la Actividad Minera Argentina (ASIJEMIN).
Demandado: Poder Ejecutivo Nacional.
Objeto: Amparo contra actos relacionados con la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 y la suspensión cautelar de distintos artículos de dicha ley.
Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por ASIJEMIN y confirmó la providencia del 10/6/26 que dejó sin efecto la suspensión cautelar de distintos artículos de la Ley N° 27.802; impuso costas conforme al art. 68 CPCCN.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"Que los agravios han sido examinados y resueltos en la causa n° 13354/2026 Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT) c/ Estado Nacional
- Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción de Amparo”, resol. del día de la fecha, a cuyos términos cabe remitir en cuanto resulte aplicable."
"Por todo lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: rechazar el recurso y confirmar la providencia apelada, con costas (art. 68, CPCCN)."
"Se deja constancia de que el señor juez Rogelio W. Vincenti no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 RJN)."
(Se consignan la fecha de la providencia apelada: 10/6/26; fecha de firma del presente acuerdo: 16/07/2026.)
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