CHAPARRO MORINIGO, JUAN CARLOS c/ PAREDES MAZACOTTE, DERLYS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito como acompañante de una motocicleta. La Cámara admitió parcialmente los agravios de la parte actora y elevó las indemnizaciones por incapacidad sobreviniente a $21.000.000 y por daño moral a $9.500.000, confirmó lo demás y reguló honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Juan Carlos Chaparro Morinigo.
Demandado: Derlys Paredes Mazacotte; citada en garantía ATM Aseguradora Total Motovehicular S.A.
Objeto: Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 3/9/2019, por lesiones físicas y psicológicas, daño moral, gastos médicos, etc.
Decisión: Se admitieron parcialmente los agravios de la parte actora y de la aseguradora en garantía; se elevó la partida por incapacidad sobreviniente a $21.000.000 y la de consecuencias no patrimoniales (daño moral) a $9.500.000; se confirmó lo resuelto en lo demás; se dispuso deducir en la liquidación las prestaciones pagadas por la ART por asistencia médica y gastos por $43.697,22, sin descontar la suma abonada en concepto de "juicio" ($1.185.742,89); se declaró oponible el límite de cobertura de la póliza pero actualizado a la fecha del efectivo pago según parámetros de la S.S.N.; se confirmaron los intereses fijados por el juez de grado; se impusieron las costas de Alzada a la citada en garantía y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"En cuanto a las lesiones físicas, las constancias médicas incorporadas a la causa dan cuenta de la atención recibida por el actor inmediatamente después del hecho... El perito médico Dr. Baioni, tanto en su dictamen de fs. 234/253, como en las respuestas dadas frente a las impugnaciones de ambas partes (actora y citada en garantía) dejo en claro, que las tres secuelas físicas que integran el porcentaje de incapacidad (síndrome meniscal de rodilla derecha, bursitis/tendinitis de hombro derecho y cervicalgia persistente) cumplen los factores exigidos para tener por probada la causalidad, coincidencia temporal con el accidente, coherencia entre la zona afectada y el mecanismo del hecho, y existencia de un cuadro anormal vinculado al evento."
"Sobre esas bases, teniendo en cuenta la índole y entidad de las secuelas psicofísicas detectadas en el actor... admitir parcialmente las quejas introducidas por la parte actora, y en consecuencia elevar la partida en estudio a la suma de $21.000.000, comprensiva de los tratamientos kinésico y psicoterapéutico (art. 165 del CPCCN)."
"En consecuencia, ponderando las circunstancias particulares del caso, la edad del actor y las repercusiones del hecho en su vida cotidiana, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 165 del Código Procesal, propongo admitir parcialmente las quejas de la parte actora y elevar la indemnización reconocida por el rubro consecuencias no patrimoniales a la suma de $9.500.000, estimada a valores de la fecha del presente pronunciamiento (art. 165 del CPCCN)."
"Siendo exacto que dichos pagos se encuentran acreditados mediante el legajo remitido por la ART, corresponde hacer lugar parcialmente al agravio en tratamiento, toda vez que los conceptos de asistencia médica y gastos, por su naturaleza, resultan asimilables a los gastos médicos y de farmacia reconocidos en esta sentencia... deberá descontarse, al momento de practicarse la liquidación definitiva en la etapa de ejecución de sentencia, la suma efectivamente percibida por el actor en concepto de asistencia médica y gastos, esto es, la suma de $43.697,22, sin que corresponda extender tal deducción a la suma abonada en concepto de 'juicio' ($1.185.742,89)..."
"Por tanto, el límite de cobertura resulta aplicable y oponible... pero debe ser actualizado a la fecha del efectivo pago según los parámetros que fije la S.S.N.... En razón de todo ello y encontrándose en mora la aseguradora por no haber cumplido en término con su obligación de resarcir los daños producidos en el siniestro, la obligación a su cargo comprende el pago del capital, los intereses y las obligaciones accesorias (costas del proceso)."
"Corresponde rechazar el agravio de la parte actora en materia de intereses pues el criterio adoptado por el juez de grado resulta ajustado al temperamento adoptado por este Tribunal... Por tales razones, corresponde confirmar lo dispuesto en la sentencia de grado."
- Votos: Los tres jueces votaron en igual sentido (Dra. Verón expone fundamentos; Dr. Rodríguez y Dra. Guisado votaron en igual sentido).
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