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Incidente Nº 17 - IMPUTADO: GUTIERREZ , ALFREDO HECTOR s/INCIDENTE DE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La defensa de Alfredo Héctor Gutiérrez solicitó el beneficio de litigar sin gastos para presentar recursos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Tribunal Oral Federal N°2 de San Martín hizo lugar al pedido por entender acreditada la situación de vulnerabilidad económica del imputado y ordenó comunicar la concesión al Máximo Tribunal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Dr. Sergio Raúl Moreno, defensor oficial, en representación de Alfredo Héctor Gutiérrez (DNI 33.379.499). Demandado: No corresponde; se trata de un incidente de concesión de beneficio procesal para litigar sin gastos. Objeto: La concesión del beneficio de litigar sin gastos (exención de depósito y demás erogaciones) para que Gutiérrez pueda litigar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Decisión: Se hizo lugar al pedido y se concedió a Alfredo Héctor Gutiérrez el beneficio de litigar sin gastos en la causa FSM 1427/2023/TO1, disponiéndose además la comunicación a la Corte Suprema.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes y citas textuales): "II. Bajo este prisma, al valorar los elementos de prueba aunados al incidente, advierto que la situación económica que transita Gutiérrez no le permite afrontar las erogaciones que demanda litigar ante el Máximo Tribunal. Esa imposibilidad se sigue, como ya señalé en la reseña de antecedentes, de las constancias aportadas por su defensa (i.e. informes de la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor y del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal) y de aquellos documentos incorporados a propósito de las medidas dispuestas por esta judicatura (i.e. informes del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, del Banco Central de la República Argentina, del Banco Credicoop Cooperativo Limitado y del Banco de la Nación Argentina); elementos que dejan en evidencia que Gutiérrez no cuenta con el dinero necesario para hacer frente al pago del depósito requerido para litigar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. A ello cabe adunar que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prestó su venia para que se conceda el beneficio en trato, luego de analizar la situación fiscal de Gutiérrez en función de los datos obrantes en sus registros. Por consiguiente y en tanto la prueba reunida corrobora la situación de vulnerabilidad económica que atraviesa actualmente el encausado Alfredo Héctor Gutiérrez, se concluye que el caso encuadra en los extremos del artículo 79, inc. 2, del CPCCN, por lo que corresponde hacer lugar al planteo de la defensa y conceder el beneficio solicitado." (Se consignan también los antecedentes de prueba: informes registrales que muestran ausencia de inmuebles en CABA y Provincia de Buenos Aires, inexistencia de automotor, y una caja de ahorro inactiva en Banco Credicoop con saldo de $24.671,05; y la no oposición de ARCA.)

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