FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES c/ OSPRERA s/EJECUCION FISCAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal contra OSPRERA por prestaciones médicas adeudadas por $361.117,45 más intereses. La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la excepción de inhabilidad de título y ordenó continuar la ejecución, por considerar que el certificado de deuda reúne los requisitos formales exigidos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA).
Objeto: Ejecución fiscal por prestaciones médicas adeudadas por PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO DIECISIETE CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($361.117,45) con más intereses legales desde el vencimiento; más costas.
Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la excepción de inhabilidad de título y ordenó continuar la ejecución; se confirmó la imposición de costas a la demandada en primera instancia, y en la Alzada no se impusieron costas por falta de réplica de la contraria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Las cuestiones de hecho y prueba relacionadas con la validez del título ejecutivo se encuentran, en principio, vedadas al conocimiento del tribunal judicial, toda vez que la excepción de inhabilidad de título se limita a las formas extrínsecas del instrumento."
"En ese contexto, resulta claro que la admisión de la pretensión de la ejecutada, tal como ha sido propuesta, no solo desnaturalizaría el trámite propio del juicio en el que ella se intenta hacer valer, sino también de la misma excepción en la que se funda (conf. Cám. Com. Sala C, expediente N° 26275/2016/CA1 “CORDOBA, JUAN ALBERTO c/ GODOY MELENDREZ, ANA CRISTINA s/EJECUTIVO”, fallo del 2 de mayo del 2017)."
"Con sustento en lo expuesto, en el caso en estudio se advierte que, en cuanto a sus formas, el certificado acompañado por la parte actora se encuentra suscripto por el Director de Determinación y Recupero de la Dirección Provincial de Gestión y Recupero de Créditos Fiscales del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, señor Ezequiel Antonio Rosa, y reúne los requisitos exigidos por la legislación en la materia (Decreto Ley N° 9122/78 y Ley N° 13406)."
"En virtud de lo expuesto, corresponde confirmar lo decidido por el juez de origen sobre el punto."
- Votos: fallo por mayoría; no se consignan votos en disidencia en el texto.
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