Legajo Nº 4 - IMPUTADO: CEBALLOS, VALERIA ELIZABETH s/LEGAJO DE CASACION
Incidente de prisión domiciliaria solicitado por la defensa de Valeria Elizabeth Ceballos por motivos de salud y en interés de su hija menor. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación y confirmó la resolución de primera instancia por considerar acreditado que las patologías están compensadas y que no existe desamparo ni perjuicio grave al interés superior del niño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Defensa particular de Valeria Elizabeth Ceballos (incidente promovido por la defensa a favor de la imputada).
Demandado: Juzgado Nacional de Ejecución Penal nº 5 (resolución de la jueza María Jimena Monsalve) y, por apelación, la ejecución penal en su conjunto.
Objeto: Prisión domiciliaria (arresto domiciliario) por razones de salud (art. 32 inc. a) Ley 24.660) y por afectación al interés superior del niño (art. 32 inc. f) Ley 24.660), con implementación de monitoreo electrónico.
Decisión: Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y se confirmó la resolución que rechazó la prisión domiciliaria. Se impusieron costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales):
"la causante presenta diversas patologías crónicas, a saber: diabetes mellitus tipo II no insulino requirente, hipertensión arterial, obesidad grado II, dislipidemia, entre otras, las cuales se encuentran actualmente compensadas, sin signos de descompensación clínica ni riesgo inmediato para su vida o integridad física".
"se encuentra bajo seguimiento clínico permanente, con controles periódicos por las especialidades correspondientes, administración en tiempo y forma de la medicación y dieta indicadas, guardia médica y de enfermería durante las 24 horas y posibilidad de derivación a un centro de mayor complejidad, concluyendo expresamente que las patologías que presenta pueden y están siendo adecuadamente tratadas en el ámbito intramuros".
"la menor en cuyo interés se promueve la incidencia se encuentra fuera del rango etario previsto en la norma, sin perjuicio de que tampoco se verifican circunstancias excepcionales con entidad suficiente para ajustar los recaudos normativos... actualmente reside con sus hermanos, con quienes convivía antes de la detención de su madre, se encuentra escolarizada y cumple con sus actividades habituales, todo lo cual permite descartar un escenario de vulnerabilidad".
- Otros datos relevantes: La pena única que cumple la acusada es de tres años y diez meses por delitos de robo tentado y robo en concurso real y por una condena anterior cuya condicionalidad fue revocada; el vencimiento de condena operará el 28 de marzo de 2028. Se solicitó intervención del Cuerpo Médico Forense de la CSJN y del Área Médica del Complejo Penitenciario Federal IV, y se incorporaron informes de Unidad Funcional para la Asistencia de Menores, Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal y DAPVE. La Sala resolvió por mayoría; voto de Bruzzone motiva, Rimondi adhiere; Divito se abstuvo conforme art. 23 CPPN.
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