Incidente Nº 1 - DAMNIFICADO: TORREZ VASQUEZ, ANA PAOLA IMPUTADO: FERNANDEZ, JHONNY IGNACIO s/INCONSTITUCIONALIDAD
La defensa pública de Jhonny Ignacio Fernández interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de esta Sala que hizo lugar a la casación del Ministerio Público Fiscal y ordenó que el condenado continuara cumpliendo su pena en el país. La Cámara declaró admisible el recurso de inconstitucionalidad por existir cuestiones de naturaleza federal relativas a la interpretación del art. 64 de la ley 25.871 y del principio de legalidad, y remitió el expediente al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Jhonny Ignacio Fernández, por su defensa pública.
Demandado: Se impugna la resolución de la Sala que hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal (implicado en la ejecución de la pena y el extrañamiento).
Objeto: Recurso de inconstitucionalidad (arts. 26 y ss. ley 402 CABA) contra la resolución del 22/4/2026 que revocó la resolución previa y ordenó que el condenado continúe cumpliendo su pena en el país, por presunta afectación de normas federales (art. 64 Ley de Migraciones, remisión al art. 17 LEP) y violación del principio de legalidad y aplicación de la ley penal más benigna.
Decisión: La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional – Sala 2 declaró ADMISIBLE el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa pública, por existir cuestiones federales y constitucionales que justifican la vía, y ordenó remitir el expediente al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Contra esa decisión, la defensa pública interpuso recurso de inconstitucionalidad, previsto en los arts. 26 y ss. de la ley 402 de la Ciudad de Buenos Aires." (párrafo 2)
"En consecuencia, en virtud de los motivos precedentes, corresponde declarar admisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto." (párrafo final del voto del juez Sarrabayrouse)
"De este modo, se observa que las cuestiones introducidas por la recurrente en su impugnación revisten naturaleza federal; en el sentido de que se trata de planteos concernientes a la interpretación y a la aplicación de normas que integran el llamado 'derecho federal'..." (voto del juez Días)
"En estos términos, entonces, considero que corresponde declarar admisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto." (conclusión del voto del juez Días)
Además, la resolución contiene consideraciones relevantes sobre la procedencia de la vía extraordinaria por la vigencia de la ley 27.802 y del Acuerdo de Transferencia, y cita precedentes y doctrina: "Resulta aplicable, entonces, lo establecido en su cláusula complementaria, en la cual el Poder Legislativo Nacional 'ratifica y dispone' atribuir aquel carácter al tribunal citado cuando exista una cuestión federal en los términos del art. 14, ley 48 (conforme inc. 'b')."
Voto concurrente y abstención: los votos de Sarrabayrouse y Días fueron concurrentes; el juez Daniel Morin no emitió voto por aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN (texto según ley 27.384).
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