AGUIRRE, JONATAN JESUS c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor postuló la actualización de una condena por accidente de trabajo contra Swiss Medical ART S.A. La Cámara modificó la sentencia de grado fijando el capital de condena en $1.284.939,46 y ordenó su actualización por índice RIPTE más interés puro del 6% anual desde la fecha del siniestro y, desde la liquidación, aplicar la tasa activa del BNA en los términos del DNU 669/2019.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: AGUIRRE, JONATAN JESUS (trabajador/actor).
Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A. (aseguradora ART).
Objeto: Actualización del crédito indemnizatorio por accidente de trabajo y regulación de honorarios.
Decisión: Se modificó la sentencia de primera instancia para fijar el capital de condena en $1.284.939,46 (por el siniestro del 07/09/2023), disponer su actualización conforme al decreto 669/19 (índice RIPTE) más un interés puro del 6% anual desde la fecha del evento hasta el efectivo pago; a partir de la fecha de liquidación aplicar la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA; imponer costas de alzada a la demandada; y fijar honorarios de instancia y alzada en los porcentajes/UMAs consignados.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En el caso, como el siniestro acaeció el 7 de septiembre de 2.023 el capital adeudado debe fijarse en $1.284.939,46 (53 x $119.637,27 x 10,6% x 65:34 = $1.284.939,46) pero dicho monto debe ser reajustado conforme índice Ripte más un interés puro del 6% anual desde su génesis hasta su efectivo pago sin perjuicio de su eventual capitalización ordenada por el juez de grado."
"Lo expuesto, por cuanto el nominalismo es un principio aceptable mientras la capacidad adquisitiva de la moneda se mantiene estable pero, cuando la inflación comienza a deteriorarla, el sistema se torna injusto y afecta el derecho de los acreedores... por lo cual mantener el nominalismo en tales circunstancias, conduce a vulnerar la justicia ... el índice Ripte sería idóneo para preservar los derechos patrimoniales del trabajador por haber sido elegido por el legislador con el citado objetivo (arts.11, ley 27.348 y 2º del CCCN)."
"El capital de condena ($1.284.939,46) será actualizado desde la fecha del accidente (07/09/2023) mediante índice Ripte con más un interés puro del 6% anual hasta el momento en que se realice la liquidación. A partir de dicha fecha, de acuerdo a lo que establece el artículo 12 de la ley 24.557 -según texto del DNU 669/2019
- debe aplicarse un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina hasta la efectiva cancelación de la acreencia, acumulándose los intereses al capital en forma semestral... exclusivamente ante el caso conjetural que la demandada no pague una vez que se la haya intimada a hacerlo."
- Votos: El acuerdo fue integrado por los Dres. Carlos Pose (voto principal), Diana R. Cañal (adhirió y amplió fundamentos; propuso montos de UMA distintos) y Gabriela A. Vázquez (adhirió en lo sustancial). La decisión adoptó la propuesta de modificación y fue mayoritaria.
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