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BRITES, DANIEL EDUARDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente in itinere e incapacidad derivada de fractura y posteriores reagravaciones, solicitando indemnizaciones y prestaciones. El Juzgado rechazó la demanda en todas sus partes por falta de prueba sobre la mayor incapacidad reclamada y confirmó que la aseguradora abonó correctamente $ 16.682,72 conforme al 3,5% de incapacidad determinado por Comisión Médica.

Accidente in itinere Incapacidad Comision medica Reagravacion Liquidacion A.r.t. Costas Honorarios Inasistencia a pericia Ibm

Actor: Daniel Eduardo Brites. Demandado: Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (en liquidación). Objeto: Pago de indemnizaciones y prestaciones dinerarias por accidente de trabajo (in itinere ocurrido el 06/01/2014) y por reagravación que habría generado incapacidad del 30% de la t.o.; impugnación de sumas abonadas y declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. Decisión: Se rechazó la demanda en todas sus partes; se absolvió a la aseguradora de las resultas; se impusieron costas al actor; se regularon honorarios por $500.000 (actor), $600.000 (aseguradora conjunta) y $180.000 (perito) a valores actuales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto original): "Si bien la decisión fue recurrida por la parte actora, el accionante no expresó motivo alguno que justificara su inasistencia y su propia representación letrada incorporó la comunicación que cursó al actor vía WhatsApp (v. presentación digital del 27.10.2025), el recurso fue desestimado destacándose que el profesional recurrente había perdido contacto con su cliente, había notificado la citación dispuesta por los medios a su alcance y aun así no logró que el demandante se presentara a la correspondiente revisación médica (v. auto del 17.11.2025), lo que probablemente guarde relación con la denuncia efectuada por la accionada acerca de que el demandante había promovido un proceso con el mismo objeto que el presente ante el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo N° 1 de Salta, correspondiente a su domicilio, donde obtuvo sentencia favorable (v. escrito del 07.08.2020), aunque no corresponda admitir la defensa de cosa juzgada planteada debido a que la informativa ordenada a su respecto no fue producida." "Tal informe resultaba esencial para establecer la existencia de la incapacidad laborativa invocada por el actor como fundamento de sus pretensiones y, al no obrar en autos elemento de juicio alguno que permita determinar que padece la mayor incapacidad denunciada en la demanda, por lo que tal aspecto de la pretensión no puede prosperar." "En tales condiciones, corresponde descartar la insuficiencia del reconocido pago de $ 16.682,72 en cuanto se lo ha fundado en la mayor incapacidad invocada... Del informe extraído de la página web de la A.F.I.P. (actual A.R.C.A.) ... el IBM del actor fue de $ 4.632,32 por lo que la indemnización correspondiente resultó ser de $ 15.095,73 ($ 4.632,32 x 53 x 3,5 % x 65/37), importe que resulta inferior al mínimo establecido por el art. 3º del dec. 1.649/2009 y art. 17 inc. 6º de la ley 26.773 (cfr. art. 4º inc. 'c' de la Res. S.S.S. Nº 34/2013), de modo que la suma debida fue de $ 16.682,72 ($ 476.649 x 3,5 %), coincidente con el importe abonado por la aseguradora, que se ajustó a derecho."

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