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VALLEJOS BEATRIZ DE LOS ANGELES c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo contra ANSeS solicitando la declaración de inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 aplicado a su jubilación docente y la devolución de descuentos. El Juzgado hizo lugar al amparo, declaró inaplicable el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al régimen docente y ordenó el pago sin deducción y la restitución de las sumas descontadas con intereses.

Amparo Anses Ley 24.463 art.9 inc.2 Regimen docente ley 24.016 Decreto 137/2005 Restitucion descuentos Intereses Impuesto a las ganancias exencion Prescripcion art.82 ley 18.037 Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: VALLEJOS BEATRIZ DE LOS ANGELES (actora/titular). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Se solicita declarar inconstitucional o inaplicable cualquier norma que permita la deducción prevista en el art. 9 de la ley 24.463, que ANSeS le descuenta de su haber jubilatorio; se pide la inmediata suspensión de los descuentos y la devolución de los importes descontados con intereses. Decisión: Se hizo lugar al amparo, se declaró la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al caso de la actora, se ordenó pagar el haber sin deducción y restituir las sumas descontadas con más sus intereses en 30 días; se admitió parcialmente la excepción de prescripción (créditos anteriores a dos años) y se impusieron las costas a ANSeS.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "La parte actora inicia la presente acción de amparo contra la Administración Nacional de Seguridad Social, con el objeto de obtener la declaración de inconstitucionalidad de cualquier norma, reglamento, circular o instructivo que se dictare, en cuanto dispone la aplicación de la deducción del art. 9 la ley 24.463..." (cabezal y hechos procesales). "En tanto la actora ve afectada la integralidad de su beneficio jubilatorio en virtud de un descuento que estima inaplicable, la acción de amparo interpuesta es formalmente procedente." (Considerando I). "Surge de las constancias de la causa que la titular percibe un beneficio jubilatorio otorgado en los términos de la ley 24.241 y decreto 137/05... percibió en el mensual 05/2026 su beneficio de Jubilación ... por un total de $ 2.868.655,1.-, y se le aplicó mediante Cod 204 el Descuento Ley 24.463 art 9, de $33.444,86.
- (equivalente a la deducción del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463)." (Hechos probados y montos). "La Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió ... afirmando que el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por las leyes 24.241 y 24.463, con el que coexiste, manteniéndose vigente con todas sus características." (Jurisprudencia invocada: Gemelli y Guzmán). "Sentado lo anterior, y en tanto el régimen docente prevé que el haber jubilatorio represente un porcentaje del haber de actividad y que, como se expuso, las disposiciones de la ley 24.463 resultan inaplicables, no corresponde la deducción que la demandada realiza sobre la base del art. 9 inc. 2 de dicho cuerpo normativo, ya que en definitiva, desvirtúa en la práctica el reconocimiento del estatuto especial." (Fundamento decisorio). "corresponde ordenar a la demandada que abone el haber de jubilación de la actora sin aplicación del tope alguno, y restituya las diferencias descontadas, con más los intereses generados desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago, conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..." (Parte resolutiva). "Con respecto al impuesto a las ganancias... declarar exentas de dicha retención a las retroactividades que surjan en favor de la parte actora." (Sobre retenciones/impuesto a las ganancias). "Con relación a la excepción de prescripción opuesta por la demandada, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición de la presente acción (conf. art. 82 de la ley 18.037)." (Prescripción). Dispositivo: "1) Hacer lugar a la acción de amparo... declarar la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463... liquidación y restitución de las sumas descontadas... en el término de treinta (30) días... 2) Imponer las costas a la demandada vencida... 3) Diferir la regulación de honorarios..." (Parte resolutiva final).

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