ROUXEL OSCAR ANIBAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes varios vinculados al cálculo del haber jubilatorio y componentes del haber (PC, PAP y PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmó lo resuelto en lo demás, difirió el análisis del art. 26 de la Ley 24.241 para la ejecución y ordenó costas y honorarios conforme a ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Rouxel Oscar Aníbal (actor).
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes y cálculo del haber inicial de la prestación por movilidad; cuestionamientos sobre la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, inclusión y actualización de componentes (Prestación Compensatoria
- PC, Prestación Adicional por Permanencia
- PAP, Prestación Básica Universal
- PBU), exención de impuesto a las ganancias y aplicación de precedentes sobre aportes autónomos; solicitudes de inconstitucionalidad de normas (Ley 27.426, art. 55 Ley 27.541, Ley 27.609, Decreto 274/24, art. 26 Ley 24.241).
Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme sus considerandos, difirió el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución, confirmó lo demás resuelto por la juez de grado, declaró desiertos determinados agravios de la demandada y reguló costas y honorarios a favor de la representación letrada de la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la fecha de adquisición de beneficio del actor es el 1° de febrero de 2022, en vigencia de la Ley 24.241 (modificada por la ley 27.609 y ctes)."
"Por lo tanto, y siendo que la parte recurrente no ha logrado acreditar de manera suficiente el perjuicio que -según alega
- la normativa vigente genera en el cálculo de su haber inicial, considero que corresponde rechazar el agravio en lo que respecta."
"Sobre dicha cuestión esta Sala entiende que del precedente 'Quiroga, Carlos Alberto' no surge que el Máximo Tribunal hubiera limitado la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha determinada de adquisición del beneficio como sostiene la apelante. El único resultado que procura evitar es la materialización de un supuesto de confiscatoriedad con relación a uno de los componentes del haber."
"Ni el planteo de inconstitucionalidad de la actora fue introducido ante la instancia anterior, ni obviamente fue resuelto por la juez de grado en la sentencia, por lo que al no hallarse satisfecho ninguno de los citados presupuestos de admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por la accionante en los términos del artículo 259 y siguientes del C.P.C.C.N., el Tribunal se halla impedido para pronunciarse sobre una petición que –por las razones señaladas
- no constituye técnicamente un agravio y sobre el cual carece de competencia funcional (v. en igual sentido, Expte. Nº 64781/2015 'Arturi, Mirta Beatriz c/ANSeS s/ reajustes varios', resolución de fecha 12 de julio de 2018)."
"Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
"En virtud de lo expuesto, propongo confirmar lo decidido por el Juez de grado."
- Votos: Todos los miembros de la Sala (Carnota, Dorado y Fantini) adhirieron al voto principal; no hubo disidencias.
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