R, M. B. c/ OSPRERA s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió amparo contra OSPRERA conforme ley 16.986. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al pedido de regulación de honorarios por la labor en alzada y fijó los emolumentos en 6 U.M.A. ($588.672), aplicando la Res. SGA 1352/2026 y el art. 30 de la ley 27.423.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: R., M. B.
Demandado: OSPRERA
Objeto: Amparo (Ley 16.986). En este incidente, solicitud de regulación de honorarios por la defensa en la instancia de alzada.
Decisión: Se regularon los emolumentos del Dr. Francisco Stea por su actuación en la Cámara en la cantidad de 6 U.M.A., equivalentes a $588.672, más aportes previsionales e IVA si corresponde. Se aplicó la Res. SGA 1352/2026 y el art. 30 de la ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones):
"teniendo en cuenta lo peticionado por el Dr. Stea, atento el estado de autos y las labores realizadas ante esta instancia por el peticionante
- contestación de los agravios-, conforme lo establecido en el art. 30 de la ley 27.423, corresponde regular los emolumentos solicitados, tomándose como base arancelaria los honorarios fijados en primera instancia, conforme lo resuelto a fs. 141/148."
"Se deja aclarado que a los emolumentos que aquí se regulan resulta aplicable la Res. SGA 1352/2026."
"RESUELVE: Regular los emolumentos del Dr. Stea, por la labor desplegada en esta instancia, en la cantidad de 6 U.M.A., equivalentes a la suma de pesos quinientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y dos ($588.672) [Conforme Resol. SGA 1352/2026; art. 51 ley 27.423]; todo ello con más los aportes previsionales, e IVA en caso de revestir la calidad de responsable inscripto, y a la fecha de la presente resolución (art. 30 de la ley 27.423). REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. DEVUÉLVASE."
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