TEIXIDO CORTES FELIX c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes varios y actualización de la Prestación Básica Universal y del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmó en lo demás, declaró inconstitucional el art. 9 inc. 3º de la ley 24.463 en supuestos de quita confiscatoria y difirió para ejecución el examen de la ley 27.609, del art. 26 de la ley 24.241 y de la incorporación de “bonos” y refuerzos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: TEIXIDO CORTES FELIX (parte actora).
Demandado: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Objeto: Reajustes varios; actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y del haber inicial; inconstitucionalidad de normas (arts. 9 inc. 3º Ley 24.463; arts. 9, 25 y 26 Ley 24.241; Ley 27.426; Ley 27.541 y decretos; Ley 27.609; impugnación de bonos/refuerzos; intereses; costas).
Decisión: Por mayoría la Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia conforme considerandos, confirmó en lo demás, declaró inconstitucional el art. 9 inc. 3º de la ley 24.463 en el supuesto de quita superior al 15% y difirió para la etapa de ejecución el examen de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609, del art. 26 de la Ley 24.241 y de la validez/alcance de bonos/refuerzos. Ordenó al organismo abonar diferencias que pudieran surgir entre lo percibido por decretos de emergencia y lo que correspondería por la pauta suspendida para enero y febrero de 2021; intereses conforme tasa pasiva promedio mensual del BCRA; costas a la demandada vencida; y reguló honorarios por la apelación en 30% de lo fijado en primera instancia más IVA si corresponde.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes en lenguaje original del tribunal):
"En consecuencia, este análisis sobre la suma final a la que ascendería la PBU, deberá efectuarse –tal como lo dispuso el Alto Tribunal en el precedente “Quiroga, Carlos Alberto”– al tiempo de practicarse la liquidación de la sentencia, ocasión en la cual recién se podrá determinar si la insuficiente actualización de la Prestación Básica Universal produce una disminución confiscatoria del “total del haber inicial” del actor, con relación a la “situación de los trabajadores activos” (v. considerando Nº 10), en cuyo caso el juez deberá determinar el mecanismo adecuado para redeterminarla, en procura de alcanzar la justa proporción a la que se refiere la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el considerando Nº 9 de este fallo."
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN “Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios”, sentencia del 6 de agosto de 2015) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente– y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
"Por lo expuesto, propicio: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609 y de la incorporación de “bonos” y/o “refuerzos extraordinarios” para la etapa de ejecución; 3) Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia; 4) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 5) Disponer las costas de ambas instancias a la demandada vencida..."
- Votos: Voto principal de la Dra. Nora C. Dorado (motiva la mayoría). Adhiere el Dr. Walter F. Carnota. El Dr. Juan A. Fantini adhiere con excepción respecto de lo resuelto sobre la ley 27.541 y revoca en cuanto al punto de recomposición por enero y febrero de 2021 (dice expresamente: "En consecuencia, revoco lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto.").
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