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ADAMINI RICARDO ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió acción contra ANSES solicitando reajuste de su jubilación conforme la ley 24.241 y declaró la inconstitucionalidad de normas y decretos. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenando el recálculo del haber y el pago de retroactivos conforme pautas fijadas (actualización de remuneraciones según precedentes de la CSJN y aplicación de movilidades vigentes), y rechazó otros planteos por insuficiencia probatoria.

Anses Reajustes Pbu Ley 24.241 Pc Pap Isbic Inconstitucionalidad decreto 807/16 Movilidad Prescripcion (art.82 ley 18.037).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ADAMINI RICARDO ALFREDO. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste del beneficio previsional (jubilación N° 15-0-0712259-0, adquisición del derecho 18/11/2016) conforme ley 24.241; inconstitucionalidad de diversas disposiciones legales y decretos; daño moral y demás pretensiones accesorias. Decisión: Hacer lugar parcialmente a la demanda. Admitir la defensa de prescripción desde dos años previos a la interposición (límite: fecha de adquisición del beneficio). Ordenar a ANSES recalcular el haber conforme las pautas fijadas (actualización de remuneraciones, cálculo de PC y PAP, verificación de confiscatoriedad y aplicación de movilidad), pagar retroactivos dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme; imponer costas en el orden causado; diferir regulación de honorarios; declarar incompetente para conocer en la pretensión de daño moral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre alcance probatorio y obligación judicial: "los jueces no están obligados a ponderar una por una y exhaustivamente todas las constancias de la causa, sino sólo aquellas que estimen conducentes para fundar sus conclusiones (Fallos, 311:571) y para la correcta solución del litigio (311:836), y tampoco están obligados a tratar todas las cuestiones propuestas por las partes ni analizar los argumentos utilizados que a su juicio no sean decisivos (301:970 y 311:1191)". 2) Sobre metodología de actualización y verificación de confiscatoriedad: "Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada ('M.C'); 2) la 'Merma Cuantificada' se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia ('HIRS'); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = ('M.C' x 100 % 'HIRS')." 3) Sobre actualización de remuneraciones para cálculo de PC y PAP y referencia a precedentes: "corresponde conformar la decisión en relación a la pretendida actualización de las remuneraciones para el cálculo de la PC y PAP fijado en el art. 24 de la ley 24.241, a los lineamientos brindados por la Corte en el precedente 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios' (sentencia del 18 de diciembre de 2018) ... el organismo demandado deberá actualizar las remuneraciones mediante el índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26.417 (febrero de 2009 inclusive). A partir de allí, deberá estarse a lo dispuesto por el art. 2 de la ley 26.417." 4) Sobre leyes de movilidad impugnadas e inconstitucionalidad parcial de decretos: "En consecuencia, a efectos de garantizar la igualdad frente a la ley amparada por el art. 16 de la C.N., ... corresponde declarar para el caso concreto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 por idénticas razones a las brindadas por el Tribunal Cimero al declararla respecto de las resoluciones ANSeS Nº 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social Nº 1/2018..." 5) Sobre aplicación de las normas de emergencia y la ley 27.426/27.541/27.609: "La ley 27.426 ... no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido ... ni se contaba con los elementos necesarios para ello ..." (cita a CSJN y precedentes). 6) Sobre insuficiencia probatoria y diferimiento de otros planteos: "Corresponde diferir los planteos de inconstitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24.463 y 9, 25 y 26 de la ley 24.241, y los relativos al impuesto a las ganancias, y demás cuestiones planteadas al respecto, para la etapa de ejecución, momento en que la actora deberá demostrar fehacientemente la lesión que su aplicación le ocasiona." (No hubo votos en disidencia consignados en el texto).

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