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VILLAGRA JOSE RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su beneficio previsional conforme la ley 24.241. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenando recalcular el haber y pagar retroactivos conforme pautas fijadas (actualización de remuneraciones según precedentes y aplicación de movilidad legal), admitiendo prescripción parcial.

Pbu Reajuste previsional Ley 24.241 Actualizacion remuneratoria Mopre Prescripcion (art.82 l.18.037) Inconstitucionalidad decreto 807/16 Movilidad (leyes 26.417 27.426 27.541 27.609) Prestaciones compensatoria (pc) y adicional por permanencia (pap) Intereses retroactivos.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: VILLAGRA JOSE RAMON. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 15-0-9757940-0-1, derecho adquirido el 27/08/2017) conforme ley 24.241; declaración de inconstitucionalidad de normas y aplicación de mecanismos de actualización y movilidad. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se admitió la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, se ordenó a ANSeS recalcular el haber y abonar retroactivos conforme las pautas indicadas dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme, se impusieron costas en el orden causado y se difirió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Ahora bien, respecto de aquellos que obtuvieron su beneficio con posterioridad a marzo de 2009, conforme lo resuelto por la totalidad de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ha revocado dicho criterio con fundamento en lo dispuesto por el Máximo Tribunal en autos 'Quiroga Carlos Alberto c/ ANSeS' Sent. CSJN 11/11/2014 ... a fin de evitar dilaciones procesales innecesarias en desmedro de las partes, pertinente expedirse sobre el particular." "Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada ('M.C'); 2) la 'Merma Cuantificada' se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia ('HIRS'); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = ('M.C' x 100 % 'HIRS')." "En consecuencia, a efectos de garantizar la igualdad frente a la ley amparada por el art. 16 de la C.N., evitando negar a algunos beneficiarios lo que a otros se les reconoce en igualdad de condiciones, corresponde declarar para el caso concreto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 por idénticas razones a las brindadas por el Tribunal Cimero ... y disponer la actualización de las remuneraciones a las que se refiere el art. 24 de la Ley 24.241 del modo dispuesto recientemente por la Corte (Fallos 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencia del 18 de diciembre de 2018 ...)." (No hubo votos en disidencia en la sentencia analizada.)

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