MARQUEZ FARIA GRACIELA c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS
La actora promovió acción de amparo contra ANSES solicitando la declaración de inaplicabilidad de la deducción prevista en el art. 9 de la ley 24.463 sobre sus haberes previsionales por entenderse regida por el régimen especial docente. El juzgado hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable la deducción y ordenó el pago íntegro de las prestaciones y la devolución de las sumas retenidas desde dos años antes del inicio de la acción con más intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sra. Graciela Marquez Faria.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 y de la deducción prevista en el art. 9 inciso 2 de la ley 24.463 sobre sus haberes previsionales; cesación de la aplicación de esa escala de deducción y reintegro de las sumas retenidas con más intereses y sin retención de impuesto a las ganancias; reconocimiento de la aplicación del régimen especial docente (Ley 24.016 y Dto. 137/05).
Decisión: Se admite la acción; se declara inaplicable la deducción prevista en el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 y la aplicación de la Circular PREV‑05‑0819 respecto de la actora; se condena a ANSES a abonar el monto íntegro de PBU‑PC‑PAP y a reintegrar las sumas retenidas desde los dos años anteriores al inicio de la acción, con intereses calculados según la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central; se impone las costas a la demandada; se diferirá la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
- “Los haberes previsionales mensuales correspondientes a las prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la Ley 24.241 que no tuvieren otro haber máximo menor en la suma equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) del monto máximo de la remuneración sujeta a aportes y contribuciones, prevista en el segundo párrafo del art. 13 de la Ley 18.037 modificado por el artículo 158 apartado 1 de la Ley 24.241, estarán sujetos a la siguiente escala de deducciones… ” (análisis sobre requisitos para aplicar art. 9 Ley 24.463).
- “en el caso de la parte actora, la misma adquirió su beneficio de PBU -PC-PAP Dto. 137/05 según disposiciones de la ley 24.241, percibiendo variación salarial Docente R. SSS Nro 14; en consecuencia, corresponde declarar su inaplicabilidad y debiendo liquidarse y abonarse el monto íntegro de la PBU-PC-PAP devengadas desde, sin la deducción cuestionada, como así también la devolución de las sumas indebidamente retenidas, todo ello en el término de treinta días, declarando inaplicable lo dispuesto en el art. 22 de la ley 24.463.”
- “Que respecto a la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada... corresponde hacer lugar a la misma, con fundamento en el art. 82 de la ley 18.037, debiendo declararse prescriptos los créditos anteriores a los dos años anteriores al inicio de la presente acción.”
- “Las sumas que a favor de la reclamante resulten de la liquidación que se ordena, devengarán intereses que se calcularán según la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina...”
- Parte resolutiva (texto esencial): “1) Admitir la acción promovida por la Sra. GRACIELA MARQUEZ FARIA... 2) Condenar a la ANSES para que en el término de treinta días... abone el monto íntegro de la PBU-PC-PAP y se abstenga de aplicar la PREV-05-0819, de ANSES y deducción del art. 9. Inc. 2 de la ley 24463, debiendo abonar las sumas retroactivas debidas desde los dos años anteriores al inicio de la presente acción, con más los intereses de la Tasa Pasiva Promedio... 3) Las costas del pleito se impondrán a la demandada vencida...”
- Jurisprudencia y precedentes invocados que fundamentan la decisión: referencia a Fallos de la CSJN (“Gemelli, Esther Noemí c/ANSeS”, “Tacconi, Norma Hebe Adela c/ANSeS”), y a decisiones de las Salas I/II/III de la ECFSS que sostienen la inaplicabilidad de la ley 24.463 al régimen de la ley 24.016 cuando corresponde el régimen especial docente; remisión a criterios sobre impuesto a las ganancias tomados de “García Marta Susana c/ ANSES” (10/9/2020) y “García María Isabel c/ANSeS” (26/5/2019).
- Observaciones procesales relevantes: se acogió parcialmente la excepción de prescripción (se ordenó pago retroactivo solo hasta dos años anteriores al inicio de la acción). Se impusieron costas a ANSES.
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