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EN - AMBIENTE c/ GRUPO IMPRESOR SA s/PROCESO DE EJECUCION TRIBUTARIA

El actor promovió proceso de ejecución tributaria reclamando ejecución contra Grupo Impresor S.A. por obligaciones fiscales y costas. La Cámara confirmó la regulación de honorarios a favor de la dirección letrada y representación legal de la parte actora, por considerar adecuados el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores realizadas.

Ejecucion tributaria Honorarios Ley 27.423 Confirmacion Camara contencioso administrativo federal Regulacion Costas Iva Liquidacion Apelacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: EN
- AMBIENTE (parte actora identificada en autos). Demandado: GRUPO IMPRESOR SA. Objeto: Proceso de ejecución tributaria; en esta instancia se litiga la regulación de honorarios de los letrados de la parte actora. Decisión: La Cámara confirmó los honorarios regulados en favor de la dirección letrada y representación legal de la parte actora, por haber sido apelados únicamente por bajos; dejó constancia que la cancelación deberá efectuarse conforme al artículo 51 de la ley 27.423 y que el monto no incluye IVA, el que, en su caso, deberá adicionarse.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes): "Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate (v. liquidación aprobada a fs. 63); y ponderando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en las etapas cumplidas ante primera instancia, corresponde CONFIRMAR —desde que sólo fueron apelados por bajos— los honorarios regulados en favor de la dirección letrada y representación legal de la parte actora (arts. 16, 19, 21, 29, inc. f, 51, 58, inc. b, y ccdtes. de la ley 27.423; y Resol. SGA Nº 1718/26)." "Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423 y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que —en su caso— deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales intervinientes frente al citado tributo."
- Votos en disidencia: El Sr. Juez de Cámara Rogelio W. Vincenti no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art.109 RJN). No se registran votos disidentes materialmente activos en el texto.

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