MARTINEZ, GUSTAVO JOSE c/ EN - M DEFENSA - CAMBIO DE DESTINO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió acción contra el Estado Nacional (Ministerio de Defensa) por cambio de destino del personal militar y civil. La Cámara reguló los honorarios de la letrada de la parte actora fijándolos en 1 UMA (equivalente a $100.173) y ordenó que se abonen conforme al art. 51 de la ley 27.423, sin incluir el IVA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gustavo José Martínez.
Demandado: EN-M DEFENSA (Estado Nacional
- Ministerio de Defensa).
Objeto: Cambio de destino s/ personal militar y civil de las FFAA y de SEG.
Decisión: Se regularon los honorarios de la abogada de la parte actora, Dra. María Isabel Penna Bores, fijándolos en 1 UMA equivalente a $100.173; se ordenó la cancelación conforme al artículo 51 de la ley 27.423 y se aclaró que el monto no incluye el IVA, que deberá adicionarse si corresponde.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"En atención a lo dispuesto en el artículo 30 y concordantes de la ley de arancel, la importancia de la incidencia y las tareas desempeñadas ante esta alzada (v. fs. contestación de traslado de extraordinario de fs. 110/117 y resolución de fs. 119/121), REGÚLASE en la cantidad de 1 UMA —equivalente a la suma de $100.173— los honorarios que le corresponden a la doctora María Isabel Penna Bores, quien ejerció la dirección letrada y representación de la parte actora (arts. 16, 19, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; resol. SGA 1718/26).
Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso
- deberá ser adicionado conforme a la situación de la profesional interviniente frente al citado Tributo. ASI SE RESUELVE.
El señor juez de Cámara Rogelio W. Vincenti no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 del RJN)."
- Voto o discrepancias: se deja constancia de la no suscripción por licencia del juez Rogelio W. Vincenti; la resolución está suscripta por los jueces Morán y Duffy.
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