EXTRABERRIES SA (TF 117526446-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La actora EXTRABERRIES SA reclamó contra la DGA en un recurso directo por cuestiones administrativas con incidencia económica; la Cámara reguló y elevó los honorarios de la representación letrada. La Cámara hizo lugar al pedido de incremento de honorarios, fijando $686.784 para la instancia de primera instancia y $250.432,50 por la actuación en Alzada, con expresa invocación de la ley 27.423 y resoluciones del SGA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: EXTRABERRIES SA (TF 117526446-A).
Demandado: DGA (Dirección General de Aduanas), expediente identificado como “c/DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”.
Objeto: Recurso directo ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal; la providencia analizada regula honorarios profesionales por la actuación en primera instancia y en alzada.
Decisión: La Cámara elevó y reguló los honorarios del letrado de la actora, doctor Ricardo Martín Pereyra Moine, fijando $686.784 (equivalente a 7 UMA) por la etapa de primera instancia y $250.432,50 (equivalente a 2,45 UMA) por la labor realizada ante la Cámara. Se dejó constancia de la forma de cancelación conforme al artículo 51 de la ley 27.423 y que los montos no incluyen IVA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"En atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, la trascendencia económica de la cuestión en debate y su monto; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en la única etapa cumplida ante la primera instancia, corresponde ELEVAR a la suma de $686.784 —equivalente a 7 UMA— los honorarios regulados a favor del doctor Ricardo Martín Pereyra Moine, quien ejerció la dirección letrada y representación de la parte actora (arts. 16, 19, 21, 29, incs. a y b, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA n.° 1352/26)."
"De conformidad con lo dispuesto en el art. 30 y concordantes de la ley de arancel, y ponderando la importancia del asunto discutido y las tareas desempeñadas ante esta Alzada —v. expresión de agravios del 16/11/23—, corresponde REGULAR en la suma de $250.432,50 —equivalente a 2,45 UMA— los honorarios del mencionado profesional (arts. 16, 30, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA n.° 1718/26)."
"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que —en su caso— deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional interviniente frente al citado tributo. ASI SE RESUELVE."
- Observación: El doctor Rogelio W. Vincenti no suscribió por hallarse en uso de licencia (art. 109 del R.J.N.).
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