CICCONI, ELSA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora promovió acción contra ANSES por reajustes por movilidad y readecuación de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar en parte a la apelación de la actora, declaró la inconstitucionalidad de varios DNU/Decretos y del art. 1 de la ley 27.609, ordenó recomponer el haber desde 09/2022 y confirmó el resto de la sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CICCONI, ELSA MABEL.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes por movilidad y diferencias previsionales por aplicación de normas de movilidad (Ley 24.241 y sucesivas, DNU/Decretos, bonos extraordinarios, exención de impuesto a las ganancias, y otros actos normativos como Ley 27.609 y Dec. 274/24).
Decisión: La Cámara hizo lugar al recurso de la actora en aspectos claves, declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y ordenó a ANSES abonar la diferencia que resulte de aplicar el art. 32 de la ley 24.241 modificado por la ley 27.426; revocó parcialmente el decisorio para recomponer el haber desde el mensual 09/2022; confirmó el resto de la sentencia; rechazó los planteos sobre DNU 274/24 en el aspecto cuestionado; rechazó la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.241; confirmó la exonención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos; difirió el planteo respecto de la ley 23.928; e impuso costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes tal como constan en la sentencia):
"En consecuencia, corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426."
"Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"Respecto al agravio relacionado con índice dispuesto por el Dec. 274/24, corresponde en primer término señalar que cumplir con la pauta de movilidad no significa optar por el índice más conveniente, sino por aquél que cumpla con el principio de razonabilidad... entendemos que el índice establecido en el Decreto 274/2024, se ajusta a los criterios de razonabilidad y sustitutividad... por lo que ha de rechazarse el agravio formulado por la apelante."
"En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Votos: resolución firmada por mayoría (Jueces Eduardo P. Jiménez y Alejandro O. Tazza); no constan votos en disidencia.
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