ARCA c/ PASTENI CARLOS ALEJANDRO s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal por $12.228.323,36 más intereses y costas contra Carlos Alejandro Pasteni. El Juzgado Federal de Primera Instancia hizo lugar a la ejecución, ordenó llevar adelante el cobro, impuso las costas al demandado y dispensó a la actora de practicar notificaciones distintas al domicilio fiscal; además ordenó que la actora practique la liquidación de la deuda reclamada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.)
Demandado: Pasteni Carlos Alejandro
Objeto: Cobro en ejecución fiscal de la suma de $12.228.323,36, más un 15% por intereses y costas conforme el libelo de inicio.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago a la ARCA de $12.228.323,36 con sus intereses y costas; se impusieron las costas al demandado; se dispuso que la actora practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica; se rechazó el pedido de aplicación del art. 43 del CPCCN (Ley U-0692) y se indicó que las notificaciones deben practicarse en el domicilio fiscal o domicilio fiscal electrónico según la ley 11683 (texto según ley 27430).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 12228323.36, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-"
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-"
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
"1) Mandar llevar adelante la ejecución contra PASTENI CARLOS ALEJANDRO, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO., de la suma de $ 12228323.36, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.-"
"2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
"3) No hacer lugar al pedido que se aplique el art. 43 del C.P.C.C.N. (LEY U-0692), habida cuenta de que el demandado tiene domicilio fiscal (art. 3 de la Ley 11683), por lo que las notificación serán practicadas en el mismo o en el domicilio fiscal electrónico, según corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 92 de la ley 11683 (texto según ley 27430).-"
- Montos/fechas relevantes: suma reclamada $12.228.323,36; firma de la sentencia 08/07/2026; alta en sistema 13/07/2026.
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