Logo

FONTEINA, GERMAN ARIEL c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor apeló contra la confirmación de la disposición de alcance particular dictada por la Comisión Médica en expediente SRT N° 143.752/25. La Cámara confirmó la sentencia de grado rechazando los agravios y sostuvo la constitucionalidad y suficiencia del trámite administrativo previsto por la ley 27.348.

Ley 27.348 Comisiones medicas Alcance particular Art Recurso de apelacion Acceso a la justicia Debido proceso Revision judicial Costas Honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: German Ariel Fonteina (parte actora). Demandado: Swiss Medicalart S.A. (ART) / Comisión Médica (mediante recurso contra la decisión administrativa y la sentencia que la confirmó). Objeto: Impugnación del dictamen de alcance particular emitido por la Comisión Médica (SRT N° 143.752/25) y cuestionamiento del procedimiento previsto por la ley 27.348; se alega inadecuada ponderación de las secuelas derivadas de un accidente laboral (descarga eléctrica). Decisión: Se confirmó íntegramente la sentencia apelada que había confirmado la disposición administrativa; se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios de Alzada en 30% de lo que correspondiera por la actuación en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "No encuentro atendibles los cuestionamientos articulados por la recurrente. Digo ello porque, más allá del esfuerzo argumental desplegado en el memorial, advierto que sus planteos no logran rebatir los fundamentos que condujeron a la magistrada de grado a confirmar la disposición emanada de la Comisión Médica interviniente. En efecto, la apelante insiste en señalar que el procedimiento previsto por la ley 27.348 restringe su acceso a la justicia y que las secuelas que invoca no fueron adecuadamente valoradas; sin embargo, omite identificar concretamente cuáles serían los errores de hecho o de derecho en que habría incurrido el organismo administrativo al emitir el dictamen cuestionado." "Cabe recordar que la expresión de agravios debe contener una crítica concreta y razonada de las partes de la decisión que se consideran equivocadas (art. 116 LO), exigencia que no se satisface mediante la mera reiteración de argumentos genéricos o la simple manifestación de disconformidad con lo resuelto. En el caso, el memorial prescinde de un análisis específico de las conclusiones médicas arribadas en sede administrativa y no desarrolla argumentos idóneos para demostrar la improcedencia de lo allí decidido." "En tales condiciones, toda vez que los argumentos expuestos por la recurrente no aportan elementos que justifiquen apartarse de lo decidido en grado, propicio confirmar la sentencia apelada en este aspecto." Además, la Cámara remarcó la doctrina y precedentes sobre la validez constitucional del trámite previo ante las comisiones médicas, refiriendo el dictamen del Fiscal General del Trabajo n.° 72.879 (12/7/2017) y la decisión de la Corte Suprema en "Pogonza, Jonathan Jesús c/ Galeno ART S.A.", que reconocieron la constitucionalidad del sistema instaurado por la ley 27.348 y la suficiencia de la revisión judicial. Votos: El Dr. Manuel P. Díez Selva votó con los fundamentos citados; el Dr. José Alejandro Sudera adhirió; el Dr. Carlos Pose no votó (art. 125 L.O.). Disposiciones accesorias: se impusieron costas en el orden causado (art. 68, segundo párrafo, CPCCN) y se regularon honorarios de Alzada en 30% de lo que corresponda por la actuación en origen (cfr. art. 30 ley 27.423). Fechas relevantes: resolución dictada en la Ciudad de Buenos Aires el 8/7/2026; firmas fechadas 13/07/2026.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar