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ZAPATA LORENZO OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió acción contra ANSES solicitando reajustes varios del haber previsional, incluida la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado —ordenando recalcular la PBU y disponer diferencias por la movilidad de enero-febrero 2021— y confirmó el resto, declarando además la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463 en supuestos concretos de quita confiscatoria.

Pbu Reajustes varios Ley 24.463 art. 9 inc.3 Inconstitucionalidad 15% confiscatoriedad Movilidad 2021 (decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020) Tasa de interes bcra Costas a anses Honorarios 30% Ejecucion de sentencia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Zapata Lorenzo Omar. Demandado: ANSES. Objeto: Reajustes varios del haber previsional —redeterminación del haber inicial, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), inconstitucionalidades de normas, impuesto a las ganancias, costas, honorarios y régimen de actualización por decretos de movilidad (enero-febrero 2021). Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó lo demás. Ordenó recalcular/actualizar la PBU conforme precedentes de la Sala y ordenar al organismo el pago de diferencias entre la movilidad decretada en enero y febrero de 2021 y la que correspondería por la ley 27.426, aplicando luego la ley 27.609; declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463 si en liquidación se acredita quita superior al 15%; diferió tratamiento de otros puntos (art. 26 L.24.241, precedentes “Villanustre”); estableció tasa de interés (Tasa Pasiva promedio mensual BCRA), costas a la demandada vencida y regular honorarios por alzada en 30% de lo fijado en primera instancia más IVA si corresponde. Fecha de adquisición del beneficio: 2/12/2019. Período relevante de movilidad: enero y febrero 2021.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos textualmente del fallo): "Por lo tanto no corresponde hacer acogida favorable a lo pretendido." (voto Dr. Fantini, remisión a precedentes). "Por ende, propongo revocar parcialmente lo dispuesto en la instancia de grado y determinar que el recálculo de la PBU deba realizarse en los términos que surgen del precedente aludido." (Dr. Fantini). "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado." (Dr. Fantini). "En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Confirmarla en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Actualizar la PBU de la forma dispuesta en el considerando correspondiente; ... 6) Costas de ambas instancias a la demandada vencida ...; 7) Regular los honorarios ... en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia con más el IVA ..." (propuesta resolutiva, Dr. Fantini). "Consecuentemente, en los autos “Berardi” se ha determinado aplicar el índice empleado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Badaro” ... a fin de evaluar si existe, o no, una disminución confiscatoria al comparar el haber de Caja con el resultado obtenido al reajustar la Prestación Básica Universal (PBU)." (Dr. Carnota). "En consecuencia, ante el nuevo escenario fáctico suscitado ... la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema ... (Índice de Salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06) ... y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria ..." (Dr. Carnota). "En mérito de lo que resulta del acuerdo de la mayoría, el Tribunal RESUELVE: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada ...; 2) Confirmarla en lo demás ...; 3) Ordenar al organismo demandado que reajuste el haber previsional de la actora a Enero de 2.021 con la diferencia de lo que resulte entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 ... y desde ahí en adelante, la movilidad contemplada en la ley 27.609; 4) Diferir el tratamiento del art. 26 de la ley 24.241 para la etapa de ejecución; 5) Diferir el tratamiento del precedente de la CSJN “Villanustre”; 6) Costas ... a la demandada vencida; 7) Regular los honorarios ... en el 30% ...; 8) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos." (parte resolutiva por mayoría). Votos concurrentes y discrepancias: El fallo se dictó por mayoría; el Dr. Carnota adhirió salvo en aspectos de actualización de remuneraciones, PBU y art. 55 L.27.541, sosteniendo método de cálculo aplicable (índice "Badaro"/INDEC entre 31/12/01 y 31/12/06) para evaluar la incidencia de la PBU y el umbral del 15% de confiscatoriedad. La Dra. Dorado adhirió al voto mayoritario salvo en PBU y art. 55, adhiriendo a Carnota en esos puntos.

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