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DI STEFANO, RUBEN c/ SWISS MEDICAL SA s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo para obtener la continuidad de su afiliación y la de su grupo familiar en la obra social SWISS MEDICAL S.A. El Juzgado hizo lugar a la acción y a la medida cautelar, ordenando mantener la afiliación en el plan 412185c DOCTHOS PREMIUM y disponiendo que ANSES transfiera los aportes correspondientes.

Amparo Afiliacion Medicina prepaga Jubilacion Continuidad de cobertura Ley 23.660 Decreto 576/93 Anses Aportes Medida cautelar

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sr. Di S. R. Demandado: SWISS MEDICAL S.A. Objeto: Continuidad de la afiliación del actor y su grupo familiar (cónyuge Sra. L. L. V. y su hijo Di S. I. M.) en las mismas condiciones que tenían antes de obtener el beneficio jubilatorio; mantenimiento de la cobertura en el plan y medidas urgentes para restablecerla. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo y a la medida cautelar. SWISS MEDICAL S.A. deberá mantener la afiliación del actor, su cónyuge y su hijo en el plan 412185c DOCTHOS PREMIUM, brindar la cobertura de los servicios de salud en los términos del fallo, y se ordenó oficio al ANSES para la transferencia de aportes a SWISS MEDICAL S.A. Costas a las demandadas vencidas. Se regularon honorarios de la letrada patrocinante.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Previamente y teniendo en cuenta los términos en los que quedó trabada la presente litis, toda vez que el presente proceso se encuentra ceñido a decidir sobre el mantenimiento de la afiliación de la parte actora en las demandadas, no resulta necesaria la producción de las pruebas ofrecidas y estése a lo resuelto a continuación." "En este orden de ideas, frente a la operatividad del art. 43 del nuevo texto constitucional, cabe concluir que la ley 16.986 se encuentra vigente en todo lo que no ha sido ampliado o restringido por la reforma de la Carta Magna, en la medida que sea compatible con el texto de su art. 43." "Tal postura se ratifica por los artículos 8 y 20 de la ley de obras sociales 23.660 y su decreto reglamentario 576/93, al disponer que los aportes a cargo de los beneficiarios detallados serán deducidos de los haberes jubilatorios... lo que remarca que el hecho de jubilarse no implicaba la transferencia automática al PAMI, subsistiendo en el beneficiario la posibilidad de permanecer en la obra social a la cual pertenecía en ese momento." "corresponde admitir el mantenimiento de la afiliación de la parte accionante a SWISS MEDICAL S.A., el cual deberá realizarse con los aportes que efectúe la actora de conformidad con lo establecido por el art. 16 de la ley 19.032 y 20 de la ley 23.660... debiendo, asimismo, garantizar la continuidad y cobertura de los tratamientos que sean pertinentes, al amparo de dicha afiliación." "Por las consideraciones que anteceden, RESUELVO: I) Hacer lugar a la presente acción de amparo promovida por el Sr. Di S. R. contra SWISS MEDICAL S.A. En consecuencia, deberá mantener la afiliación del mencionado, de su cónyuge Sra. L. L. V. y su hijo Di S. I. M., en el plan 412185c DOCTHOS PREMIUM, y brindar la cobertura de los servicios de salud, en los términos establecidos en el considerando." Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el pronunciamiento.

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