APART INCAS SA c/ CROXATTO, LUCIANA ANABEL s/RENDICION DE CUENTAS
La actora Apart Incas S.A. demandó a Luciana Anabel Croxatto por daños y perjuicios por $4.770.000 y promovió además acción de rendición de cuentas por gestión mandataria. El Juzgado rechazó ambas demandas al considerar no probada conducta antijurídica atribuible a Croxatto ni incumplimiento en la rendición de cuentas, destacando la investigación penal que la eximió de responsabilidad por el cierre del geriátrico y la prueba contable y testimonial que acreditó rendiciones informales y controles periódicos de los propietarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Apart Incas S.A.
Demandado: Luciana Anabel Croxatto (y en la reconvención/tercería: Luis Daniel Megyes y Hugo Eduardo Visca)
Objeto: 1) Daños y perjuicios (monto requerida $4.770.000) por conducta atribuida a la demandada que habría causado el cierre del establecimiento y daño reputacional; 2) Rendición de cuentas documentada por la gestión ejercida en virtud de poder general de administración (10/10/2018) entre octubre de 2018 y abril de 2020.
Decisión: Se rechazaron ambas demandas; se impusieron las costas a la actora. Se difiere regulación de honorarios hasta firmeza.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) Sobre la ausencia de prueba de conducta antijurídica y la valoración testimonial:
"En consecuencia, del análisis conjunto de la prueba testimonial rendida no cabe sino concluir que no se encuentra acreditada, cuanto menos en esta instancia del análisis, una conducta antijurídica atribuible a la Sra. Croxatto que resulte idónea para fundar la responsabilidad patrimonial que se le atribuye, sin perjuicio de proseguir con el examen del resto de las probanzas incorporadas a la causa."
2) Sobre la actuación de la fiscalía penal y su impacto en la atribución de responsabilidad:
"Las constancias de la causa penal solo confirman que en autos no hay un solo elemento de prueba que permita siquiera suponer una responsabilidad de la demandada en el cierre de la institución por la que se demanda daño patrimonial... Corresponde destacar que a lo largo de todo el proceso penal la fiscalía descartó expresamente la responsabilidad de Luciana Anabel Croxatto... que carecía de conocimientos técnicos y de experiencia idóneos para desempeñar un cargo de esa envergadura, limitándose su función a tareas estrictamente administrativas
- confección de facturas, pago de servicios y depósito de haberes-, sin autonomía ni poder de decisión sobre el personal ni sobre la organización de la institución."
3) Sobre la rendición de cuentas y la inexistencia de incumplimiento:
"De lo expuesto se colige que, más allá del poder formal oportunamente otorgado, en los hechos la Sra. Croxatto se desempeñó como una empleada administrativa dependiente de la sociedad actora, careciendo de autonomía decisoria y sujeta a la supervisión constante de sus empleadores... de la prueba reunida en autos no surge acreditado incumplimiento concreto alguno. Por el contrario, tanto de las conversaciones de WhatsApp acompañadas por la demandada... como de la prueba testimonial ya reseñada, surge que las rendiciones se efectuaban de manera continua, informal pero efectiva... En consecuencia, no habiendo la actora demostrado el incumplimiento que invoca como sustento de su pretensión, corresponde concluir que la obligación de rendir cuentas fue satisfecha por la demandada durante la vigencia del vínculo..."
4) Fallo (resumen del dispositivo):
"I. ... rechazar la demanda promovida por Apart Incas S.A. contra Luciana Anabel Croxatto; II. ... rechazar la demanda promovida por Apart Incas S.A. contra Luciana Anabel Croxatto, rechazo que alcanza a los terceros Luis Daniel Megyes y Hugo Eduardo Visca III. Las costas se imponen conforme lo dispuesto en el considerando respectivo. IV.
- Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad que se encuentre firme la sentencia."
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