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VERA, NICOLAS DANIEL c/ ULMI, MIGUEL ANGEL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor demandó por daños y perjuicios tras un choque entre su motocicleta y un Renault Clio en la intersección de Arieta y Florencio Varela. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró la responsabilidad objetiva del conductor y propietaria del vehículo y condenó a pagar $1.830.857 más intereses, con responsabilidad de la aseguradora en los términos del art. 118.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Semaforo Dano moral Incapacidad sobreviniente (2%) Gastos medicos Danos materiales (motocicleta) Art. 118 ley 17.418 (citacion en garantia) Condena $1.830.857 Costas y honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Nicolás Daniel Vera. Demandado: Miguel Ángel Ulmi (conductor) y Lía Rosa Kuczera (propietaria); citada en garantía: Caja de Seguros S.A. Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito del 21/09/2018; monto reclamado $465.250 y/o lo que resulte de la prueba, más intereses y costas; citación en garantía de la aseguradora. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a Ulmi y Kuczera a pagar a Vera $1.830.857 más intereses; Caja de Seguros S.A. queda sujeta al pronunciamiento en los términos del art. 118; costas a las demandadas. Se regularon honorarios y peritos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes / citas textuales): "toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización". (art. 1757 CCyCN, traslado del considerando) "Por lo tanto, cabe concluir que el accionar imprudente del conductor del Renault Clio Work resulta la causa exclusiva del siniestro motivo del reclamo." "En función de lo expuesto, y considerando la orfandad probatoria de las accionadas ... deberán los demandados, Miguel Ángel Ulmi y Lía Rosa Kuczera, conductor y propietaria del rodado Renault Clio Work (AA529IL), responder por los daños y perjuicios que resulten acreditados (arts. 730, 1737/39, 1740, 1757/58, 1769 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación)." "FALLO: I.
- Haciendo lugar parcialmente a la demanda, con los alcances indicados en los considerandos, con costas. Por lo tanto, condeno a Miguel Ángel Ulmi y Lía Rosa Kuczera a abonar a Nicolás Daniel Vera la suma de pesos un millón ochocientos treinta mil ochocientos cincuenta y siete ($1.830.857), con más sus intereses a liquidarse en la forma dispuesta en el considerando sexto, en el plazo de diez días bajo apercibimiento de ejecución. II.
- “Caja de Seguros S.A.” queda sujeta al pronunciamiento en los términos del art. 118 de la ley 17.418." (Se incluyen además en el fallo consideraciones sobre prueba pericial: "careciendo las observaciones deducidas por la citada en garantía de entidad impugnatoria, estaré a las conclusiones del perito mecánico (art. 477 del Código Procesal)." y sobre incapacidad: "El galeno determinó que presenta una incapacidad física parcial y permanente del 2 % (dos por ciento).")

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