CORRUGADORA CARTONCOR S.A. C/ AUTOPARTES FAL S.A. S/ COBRO SUMARIO DE SUMAS DE DINERO
Aclaratoria de sentencia en causa de cobro sumario: se corrige la modalidad de la tasa de interés aplicable. La Cámara de Apelación rectificó el error involuntario al fijar la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, eliminando la expresión errónea referida a depósitos a treinta días.
Quién demanda: CORRUGADORA CARTONCOR S.A.
¿A quién se demanda?
AUTOPARTES FAL S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de un incidente de aclaratoria interpuesto contra sentencia definitiva dictada por la Cámara el 22/06/2026 en un proceso de cobro sumario de sumas de dinero. El actor cuestiona la modalidad de la tasa de interés fijada en la sentencia originaria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y de Familia, Sala I, del Departamento Judicial Lomas de Zamora, aclaró la sentencia de fecha 22/06/2026, corrigiendo el error cometido respecto a la determinación de la tasa de interés.
Fundamentos principales de la decisión:
"Siendo exacto lo expuesto y advirtiéndose que se ha cometido un yerro involuntario en la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 22/06/2026, corresponde proceder a la aclaración del punto IV de la consideración de las quejas, punto I de la segunda cuestión y punto I de la parte dispositiva, en el sentido que la tasa de interés aplicable es la 'tasa activa -para restantes operaciones en pesos
- fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires', teniéndose por no escrita la expresión señalada 'en sus depósitos a treinta días', como allí erróneamente se consignara."
El Tribunal consideró que procedía la aclaración conforme a las facultades otorgadas por el artículo 166 del Código Procesal Civil y Comercial, rectificando el error involuntario consistente en la inclusión de una modalidad incorrecta de la tasa de interés que debía aplicarse.
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