ALVAREZ FERNANDO SEBASTIAN Y OTRO/AC/ GRANADOS MANUEL Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora al no haber fundamentado oportunamente el mismo dentro del plazo legal establecido. La decisión se fundó en el incumplimiento del requisito formal previsto en el Código Procesal Civil.
Quién demanda: Álvarez Fernando y otro (en primera instancia); Graciela Alicia Agra (en la apelación).
¿A quién se demanda?
Granados Manuel y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios (materia de la demanda originaria).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Primera de Apelación, Sala Segunda, declaró desierto el recurso de apelación interpuesto el 1/11/23 por la parte actora contra la sentencia definitiva dictada el 25/10/23. Fundamentos principales de la decisión: "Toda vez que la actora, Graciela Alicia Agra, no fundó el recurso de apelación oportunamente deducido el 1/11/23 dentro del plazo de cinco días señalado al efecto (v. providencia del 16/6/26 y notificación automática cfme. art. 10, Anexo I, Ac. 4013 SCBA; arts. 254, 320, CPCC) corresponde, de conformidad con lo dispuesto por el art. 261 del Código Procesal, declararlo desierto." La sentencia se fundó en el incumplimiento del requisito formal de fundamentación del recurso dentro del plazo de cinco días establecido por la ley procesal. La omisión de esta carga formal determinó la desestimación del recurso por vía de deserción, conforme lo previsto en el artículo 261 del Código Procesal Civil de la Provincia de Buenos Aires.
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