LUNA RAQUEL PAMELA C/ FISCO DE LA PCIA DE BS AS - SPB. MINISTERIO DE JUSTIVCIA Y DERECH S/ PRETENSION CESACION VIA DE HECHO ADMINISTRATIVA
Funcionaria demandó cese de vía de hecho administrativa en relación a descuentos sobre sus haberes. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y distribuyó las costas en el orden causado al haberse tornado abstracta la controversia por cumplimiento administrativo previo.
Quién demanda: Luna Raquel Pamela, Alcaide Mayor
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires
- Secretaría de Protección Bonaerense
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cese de vía de hecho administrativa respecto de descuentos efectuados sobre los haberes de la actora
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia declaró abstracta la cuestión litigiosa e impuso las costas a la demandada. La Cámara de Apelación revocó esta última decisión, distribuyendo las costas en el orden causado.
Fundamentos principales de la decisión:
La Cámara fundamentó su decisión en que la cuestión se tornó abstracta al dictarse la resolución RESO-2025-1850-GDEBA-SPBMJYDHGP del 23 de mayo de 2025, mediante la cual se resolvió "Efectuar los descuentos sobre los haberes de la Alcaide Mayor (E.G.) Raquel Pamela LUNA (Legajo N° 659.068), a partir del día 17 de octubre de 2023, en los términos del artículo 172 del Decreto Reglamentario Nº 342/81, por los fundamentos expuestos en el considerando de la presente, siempre que no se hubiere efectuado con anterioridad".
Conforme el criterio del Tribunal aplicado en causas similares donde se declara abstracta la cuestión: "no procede la condena en costas si la demandada ha cumplido con la pretensión antes del dictado de la sentencia, pues no resulta del proceso parte vencida, circunstancia que -cabe destacar
- no se halla controvertida en esta instancia, e incluso fue consentida por el actor con anterioridad al pronunciamiento de grado".
La Suprema Corte ha expresado que "si la cuestión a resolver se ha tornado abstracta, no corresponde considerar vencida a ninguna de las partes, motivo por el cual las costas deben imponerse en el orden causado", conforme las causas C. 91.512, "Asociación Civil de Jubilados y Pensionados de la Ingeniería de Mar del Plata" y C. 98.851, "Macari".
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: