ALONSO IRIART GABRIELA C/ META PLATFORMS INC S/ MEDIDAS CAUTELARES (TRABA/LEVANTAMIENTO)
Alonso Iriart Gabriela demandó a Meta Platforms Inc. por medidas cautelares para eliminar publicaciones difamatorias e identificar titulares de cuentas. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, haciendo lugar a la incompetencia en materia de eliminación de contenido por tratarse de cuestión federal de protección de datos personales, mientras confirmó la competencia provincial respecto de la medida preliminar de identificación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Demandante: Alonso Iriart Gabriela Demandado: Meta Platforms Inc.; Facebook Argentina S.R.L. Objeto de la demanda: Medidas cautelares consistentes en: (1) eliminación inmediata de publicaciones difamatorias e imágenes de la empresa "Alonso Chapadmalal S.A."; (2) prohibición de nuevas publicaciones de idéntico contenido; (3) identificación del titular de la cuenta que realizó la publicación, brindando información de correo electrónico, dirección IP y datos de individualización. Decisión del tribunal: La Cámara modificó parcialmente la resolución de primera instancia. Hizo lugar a la excepción de incompetencia opuesta por Facebook Argentina S.R.L. respecto de la medida cautelar de eliminación de contenido y prohibición de nuevas publicaciones. Confirmó la competencia provincial respecto de la medida preliminar consistente en la identificación del titular de la cuenta. Fundamentos principales: "El fundamento dirimente y por el cual la señora Jueza de la instancia de origen entendió que la excepción de incompetencia resultaba improcedente, discurrió por entender que la actora no se limitó a reclamar la eliminación de determinadas y concretas publicaciones. Por el contrario, señaló que, como parte de la medida innovativa, requirió además se ordene la identificación del titular de la cuenta que realizó la publicación, brindando la información correspondiente a su correo electrónico, dirección IP y demás datos que permitan su individualización." "Ello así, la decisión aludida dictada en respeto al principio de congruencia, denota en la petición del justiciable una conformación bifronte. En efecto, de un lado exhibe un costado de medida preliminar, pues el peticionario persigue la identificación de las personas titulares de los dominios digitales desde los cuales se habrían efectuado las publicaciones en la red social Instagram, para dirigir las acciones de daños y perjuicios respectivas. Mas del otro se muestra como una medida cautelar tendiente a obtener la eliminación de esas publicaciones, y la orden de prohibición de posteos de idéntico tenor." "Allí la dualidad de la naturaleza de las medidas evidencia su correlato en las pretensiones de fondo que le subyacen, puesto que por más que puedan tener el efecto práctico de prevención de continuidad y agravamiento del daño cuya reparación se procure, no ocultan sin embargo la necesaria incursión y análisis de la Ley N° 25.326, régimen legal que, bajo la denominación de Protección de Datos Personales, ha sido reservado a la competencia del Fuero Federal dada la interjurisdiccionalidad propia de la materia." "En síntesis, más allá de la innegable vinculación existente entre la prevención y la reparación del daño alegado, lo cierto es que por tales razones, la pretensión que persigue la obtención de una orden de eliminación de contenido existente en la red y de impedir publicaciones iguales en lo sucesivo, dirigida a uno de los actores que operan en el sistema, compromete materia que el legislador ha atribuido de forma definitiva al fuero de excepción (arts. 13/16, Ley N° 25.326)."
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