BELOQUI BRUNO S/ MATERIA A CATEGORIZAR
El actor interpuso recurso de apelación contra el rechazo de medidas de prueba anticipada (secuestro de documentación y peritaje informático) de una sociedad que lo excluyó. La Cámara declaró desierto el recurso por incumplimiento de requisitos formales en la expresión de agravios, al no rebatir el fundamento troncal de la sentencia (cosa juzgada).
Quién demanda: BELOQUI BRUNO
¿A quién se demanda?
No especificado en la sentencia (identificado como futura accionada, asociado a SONDROBE MARE S.R.L.)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medidas de prueba anticipada consistentes en: a) Secuestro de documentación de la sede de administración de SONDROBE MARE S.R.L.; b) Designación de Perito Informático para realización de copia de seguridad de sistemas informáticos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto el 30/3/2026 contra la resolución de primera instancia del 19/3/2026 que rechazó las medidas de prueba anticipada. Fundamentos principales de la decisión: "El apelante, observo, no apunta su crítica a lo efectivamente juzgado, a la par que expone su punto de vista, incumpliendo los requisitos establecidos por el art. 260 del CPC. Señala Podetti que la crítica concreta y razonada exigida por la referida normativa ha de consistir en la indicación, punto por punto, de los pretendidos errores, omisiones y demás deficiencias que se le atribuyen al fallo de la causa; y en ausencia de fundamentos referidos a las consideraciones determinantes de la sentencia adversa a las aspiraciones del recurrente, no hay agravios que atender en la Alzada." "La Sentenciadora desestimó la solicitud de prueba anticipada en virtud de la cosa juzgada operada sobre la causa análoga 'Beloqui Bruno s/ Diligencias Preliminares' (que tramitara en el mismo juzgado bajo el n° 121.612) en la que se resolvió desestimar las mismas medidas que se solicitan en ésta: a.-Secuestro de documentación de la sede de la administración de 'SONDROBE MARE S.R.L.'; y b.-Designación de Perito Informático para que realice copia de seguridad de los sistemas informáticos." "Todos los argumentos apuntan a la necesidad de que se dispongan las medidas, pero han dejado en pie el fundamento troncal que llevó a la Sentenciadora a decidir como lo hizo: la cosa juzgada operada sobre el anterior proceso preliminar, análogo al presente en cuanto a los requerimientos."
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