FERREIRO JORGE HERNAN C/ RED DE SERVICIOS RURALES SRL S/ DESPIDO
Actor promueve incidente de homologación de transacción en demanda por despido. El Tribunal hace lugar a la homologación de la transacción celebrada por las partes, homologándola como acto solemne y ejecutivo que pone fin al juicio en los términos pactados.
Quién demanda: Ferreiro Jorge Hernán
¿A quién se demanda?
Red de Servicios Rurales SRL Objeto de la demanda: Homologación de transacción celebrada por las partes en escrito de fecha 03/07/2026, en autos originarios caratulados "FERREIRO JORGE HERNAN C/ RED DE SERVICIOS RURALES SRL S/ DESPIDO" Decisión del tribunal: El Tribunal Laboral Nº 1 del Departamento Judicial Dolores HACE LUGAR al incidente y homologa la transacción celebrada por las partes, dando por terminado el juicio en la forma y condiciones estipuladas. Asimismo, regula honorarios profesionales, impone costas a la demandada, e establece procedimientos específicos para efectivización de pagos mediante depósitos y transferencias bancarias. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Quezada sostuvo que: "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')." Continuó expresando: "Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclópedico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el escrito de fecha 03/07/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas." Los Dres. Laborde y Hernández adhirieron a los fundamentos del Dr. Quezada, compartiendo sus criterios.
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