MINISTERIO DE TRABAJO C/ANAVI SCA S/ EJECUCION
El Tribunal declaró la caducidad de instancia en el expediente de ejecución promovido por el Ministerio de Trabajo contra ANAVI SCA. La decisión se fundó en el incumplimiento de las partes en activar el procedimiento dentro del plazo fijado por la ley, aplicando criterios restrictivos propios del derecho laboral. ---
Quién demanda: Ministerio de Trabajo
¿A quién se demanda?
ANAVI SCA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de un incidente de caducidad de instancia promovido en autos de ejecución, donde se cuestiona si debe declararse la perención de la instancia.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró la caducidad de instancia con costas a la actora (Ministerio de Trabajo). Asimismo, se regularon los honorarios del abogado Dr. Ordoñez José Luis en 7 JUS con más el 10% de aportes. Fundamentos principales: "Sabido es que en el procedimiento laboral la caducidad de instancia debe aplicarse con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere a los Tribunales del Trabajo para instar la actividad procesal de las partes (arts. 11 y 12 de la ley 15.057)." "Así entonces, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, tal y como sucede en el sublite." "De lo expuesto se desprende que la conducta asumida con posterioridad a la intimación dispuesta con fecha 01/06/2026, obstaculiza la normal tramitación del juicio, dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley citada." La decisión se basó en la constatación de que las partes no cumplieron con activar el procedimiento dentro del plazo establecido por el artículo 11 de la ley 15.057, luego de una intimación previa realizada por el tribunal. ---
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: