ANNESI RAUL ENRIQUE S/ INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACION
Raúl Enrique Annessi promovió incidente de nulidad cuestionando la notificación del traslado de demanda por deficiencias en el domicilio. El Tribunal rechazó el planteo por falta de precisión en la fecha de anoticiamiento del acto procesal.
Quién demanda: Raúl Enrique Annessi (demandado en la causa principal, promueve incidente de nulidad)
¿A quién se demanda?
No aplicable
- es un incidente de nulidad procesal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de nulidad de la notificación del traslado de demanda diligenciada el 14 de mayo de 2024 en calle Ituzaingó Nº 1250 de Tandil, y la nulidad de todo lo actuado con posterioridad. Annessi sostenía que ese domicilio no constituía su residencia habitual, siendo su domicilio real calle Bariffi Nº 545 de Tandil y/o Bariffi Nº 557 donde funcionaba su actividad comercial, y que no tuvo conocimiento oportuno del proceso, afectándose así su derecho de defensa.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal rechazó el incidente de nulidad por no cumplir con los recaudos de admisibilidad, específicamente por la falta de indicación precisa y concreta de la fecha en que el incidentista tomó conocimiento del acto cuya nulidad pretendía. Fundamentos principales: "Que la nulidad procesal se configura por la ineficacia de un acto por defecto de sus elementos esenciales, cuando tal irregularidad le impide el cumplimiento de su finalidad propia, esto es, asegurar la defensa en juicio de la persona y de los derechos. De allí que el instituto tenga por objeto el resguardo de garantías constitucionales vinculadas al debido proceso y a la defensa en juicio." "En tal sentido, el art. 170 del CPCC dispone que la nulidad debe ser invocada dentro de los cinco días subsiguientes al conocimiento del acto, presumiéndose el consentimiento tácito cuando el incidente no es promovido dentro de dicho plazo." "Con acierto se ha dicho, 'la indicación del tiempo y modo en que llegó a conocimiento del nulidicente la existencia del proceso es gravitante porque hace a la demostración de la oportunidad del planteo de invalidez y, por este camino, a su sinceridad. La ausencia de la fecha en la cual el apelante ha tenido noticias de la existencia del presente proceso, afeblece 'ab initio' el incidente de nulidad deducido, pues al no mencionar el momento en que ha tomado conocimiento de estos obrados, se habría operado la convalidación tácita o presunta del supuesto acto irregular por el transcurso del plazo legal para cuestionarlo'." "En consecuencia, aun cuando la notificación del traslado de demanda reviste particular trascendencia por su vinculación con la válida constitución de la relación procesal y el ejercicio de derecho de defensa, ello no exime a quien promueve la nulidad de cumplir con la carga de indicar, de modo preciso y concreto, cuando conoció el acto que reputa irregular."
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