Logo

BON SILVIA VANESA Y OTRO/A C/ SEGURCOOP COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automotor con lesiones o muerte. El Tribunal homologó el acuerdo celebrado entre las partes por la suma de $10.500.000 y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.

Danos y perjuicios Accidente automotor Homologacion de acuerdo Regulacion de honorarios Mediacion prejudicial obligatoria Peritos Responsabilidad civil Liquidacion de costas Auxiliares de justicia

Quién demanda: Bon Silvia Vanesa y Otro/a

¿A quién se demanda?

Segurcoop Cooperativa de Seguros Limitada; Fabiana Vanesa Rodriguez; Cañete Ayala Gustavo Alberto

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente automotor con lesiones o muerte

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo celebrado entre las partes, condenando a la accionada al pago de la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL ($10.500.000.-), con costas a la accionada. Asimismo, se regularon los honorarios de todos los profesionales intervinientes en el juicio. Fundamentos principales de la decisión: "De conformidad con lo solicitado y en virtud del acuerdo celebrado entre las partes según luce, conforme lo normado por los arts. 308 y 309 del CPCC HOMOLOGASE el acuerdo mencionado, con costas a la accionada, por la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 10.500.000.-)." Respecto de la regulación de honorarios, el Tribunal establece: "Sin perjuicio de las pautas contenidas en el Decreto Reglamentario 600/2021 de la ley de Mediación Prejudicial Obligatoria, los jueces están facultados en el caso concreto a disminuir equitativamente los honorarios de los auxiliares de justicia pese a su determinación legal cuando el apego a la norma conduzca a una evidente e injustificada desproporción entre la retribución resultante y la importancia de la labor cumplida." Se regularon los honorarios de los abogados patrocinantes y apoderados de las partes, de la mediadora interviniente (Dra. Senejko Sandra Susana en cantidad de 6 IUS), y de los peritos designados: Médico Traumatólogo Barrera Eduardo Miguel ($250.000), Médico Psiquiatra Norma Beatriz Lastiesas ($75.000), Ingeniero Lopez Emiliano ($75.000) y Contador Yotich Gabriel Ivan ($250.000). Respecto del Dr. Gustavo Alberto Cañete Ayala, se aclaró que no corresponde regular honorarios en su favor por tratarse de letrado en causa propia, conforme lo dispuesto en el art. 931 CCCN.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar