GALARZA, MAGDALENA ITATI Y OTROS c/ GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA Y OTRO s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Acción declarativa de inconstitucionalidad contra el DNU 679/97 que aumentó aportes previsionales del personal de Gendarmería Nacional. El tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del DNU 679/97 y ordenó la restitución de los descuentos que excedieron el 8% desde dos años antes de la demanda, con intereses a tasa activa BNA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dra. Gisella Vanina Zarate en representación de Galarza Magdalena Itatí, Ríos Gustavo Enrique y Mamani Coronel José Matías.
Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional Argentina y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
Objeto: Declaración de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 679/97, reducción del aporte previsional del 11% al 8% y reintegro de las sumas indebidamente retenidas.
Decisión: Se rechazaron las excepciones de falta de legitimación y prescripción; se declaró inconstitucional el DNU 679/97; se condenó a las demandadas a restituir las retenciones que excedieron el 8% (por el período no prescripto de dos años antes de la demanda hasta la sentencia), con actualización por tasa activa del Banco Nación y costas a la vencida; se difirió la determinación cuantitativa y regulación de honorarios al momento de existir base líquida y firme.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Al respecto, cabe señalar que si bien a partir de modificaciones introducidas por la Ley ... N°19549, se ha establecido la exigencia del agotamiento de la vía administrativa para el personal militar y de defensa y seguridad, dicha regla cede, por cuanto la pretensión central de la presente causa persigue la declaración de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 679/97, encuadrándose de este modo, en la excepción expresamente contemplada en el actual artículo 23, inciso b, apartado (i) de la Ley 19549. Por lo tanto, la instancia judicial se encuentra debidamente habilitada."
"En rigor, por ser Gendarmería Nacional quien practica los descuentos impugnados, la pretensión de cese cristaliza, al paso que su interés directo en el pleito, la existencia misma de 'caso', 'causa' o 'controversia' que habilita la intervención de los tribunales de justicia..."
"Que, en cuanto al fondo del asunto, el mismo encuentra adecuada respuesta en lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 'Pino Seberino y otros c/ Estado Nacional
- Ministerio del Interior
- s/ Personal Militar y civil de las FFAA y de seg.', del 7/10/2021, oportunidad en la que el Alto Tribunal afirmó que 'no se encuentran satisfechos los recaudos constitucionales para el dictado del decreto impugnado. ... Que los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia ... traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé. En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 697/97', postura y criterio, cabe destacar, recientemente ratificados por nuestro máximo tribunal en 'Elgueta, Genoveva del Carmen y Otros ...' del 9 de abril del 2026."
"En suma, declarada la inconstitucionalidad del decreto 679/97, la pretensión de cese de descuentos en exceso del 8% fijado por la ley 22788, y restitución de los efectuados desde dos años anteriores a la interposición de la demanda (art. 2562, CCyCN) hasta el dictado de la presente, prosperará igualmente."
"Que, las sumas de condena deberán ser actualizadas según tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde que son debidas y hasta su efectivo pago..."
Votos en disidencia: no se consignan votos discrepantes en el texto.
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