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Incidente Nº 82 - IMPUTADO: BUSANICHE, SANTIAGO s/Audiencia de revisión de la medida de coerción (art. 223, 8° párr. in fine)

Audiencia de revisión de medidas de coerción contra Santiago Busaniche por delitos vinculados a funciones públicas. El juez prorrogó las medidas de coerción (obligación de someterse al procedimiento y prohibición de salir del país) por noventa días o hasta la finalización de la audiencia de control de la acusación, tras no oponerse la defensa.

Revision de medidas Prorroga Medidas de coercion Obligacion de someterse al proceso Prohibicion de salir del pais Art. 210 c.p.p.f. Ministerio publico fiscal Defensa particular Audiencia zoom Santiago busaniche

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal
- Unidad Fiscal Rosario (Fiscales Drs. Juan Argibay Molina y Esteban Venditti).
- A quién se demanda (Demandado / sujeto de la medida): Imputado Santiago Busaniche (DNI 23.738.891).
- Qué se reclama (Objeto de la demanda/incidente): Prórroga de las medidas de coerción consistentes en la obligación de someterse al procedimiento y no obstaculizar la investigación, y la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial previa, ordenadas en su momento conforme al art. 210, incs. "a" y "b" del C.P.P.F. Decisión: Se prorrogó la vigencia de las medidas de coerción respecto de Santiago Busaniche por el plazo de noventa (90) días o hasta la finalización de la audiencia de control de la acusación, lo que ocurra primero.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "00:01 Fiscal Dr. Argibay Molina: Solicita la prórroga, por el término de noventa (90) días o hasta la finalización de la audiencia de control de la acusación, lo que ocurra primero, de las medidas de coerción consistentes en la obligación de someterse al procedimiento y no obstaculizar la investigación, y la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial previa. Fundamenta su petición." "00:07 Defensa Dr. Bujan Melendez: Sin perjuicio de mantener sus discrepancias con la valoración efectuada por el Ministerio Público Fiscal respecto de los hechos investigados, no formula oposición a la prórroga de las medidas de coerción. Hace saber que su defendido no tiene previsto salir del país y que ha permanecido sometido al proceso." "00:08 Juez Dr. Rodrigues Da Cruz: Brinda los motivos de su decisión -conforme surge del registro audiovisual
- y RESUELVE: 1.
- PRORROGAR las medidas de coerción personal oportunamente dispuestas respecto de Santiago Busaniche, previstas en el artículo 210, incs. 'a' y 'b', del Código Procesal Penal Federal. 2.
- ESTABLECER que dicha prórroga regirá por el plazo de noventa (90) días o hasta la finalización de la audiencia de control de la acusación, lo que ocurra primero."
- Duración y registro: La audiencia tuvo una duración total de 10 minutos y 22 segundos y consta en registro audiovisual incorporado al sistema Lex 100.
- Fecha de la audiencia: 07 de julio de 2026. Fecha de firma del acta: 08 de julio de 2026.

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