Incidente Nº 13 - IMPUTADO: ABÁN, MIGUEL ÁNGEL s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Audiencia de acuerdo pleno por transporte de estupefacientes y pedido de homologación del acuerdo. El tribunal homologó el acuerdo y condenó a Miguel Ángel Abán a 2 años y 8 meses de prisión de ejecución condicional, imponiendo reglas de conducta, decomiso de bienes y ordenando la destrucción de las muestras testigo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal presentó el acuerdo entre las partes.
Demandado: ABÁN, Miguel Ángel (DNI 31.610.644), imputado.
Objeto: Homologación de acuerdo pleno por la comisión del delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. "c" Ley 23.737) y fijación de la pena y medidas accesorias.
Decisión: Se homologó el acuerdo pleno y se condenó a Miguel Ángel Abán a la pena de dos (2) años y 8 meses de prisión de ejecución condicional; se dispuso su libertad, se impusieron las reglas de conducta del art. 27 bis C.P., se ordenó decomisar bienes y destruir las muestras testigo, y se remitió lo actuado al juez con funciones de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"En la ciudad de Salta, provincia del mismo nombre, a los siete días del mes de julio de dos mil veintiséis, mediante audiencia realizada a través de la plataforma zoom, con el objeto de dictar resolución en el marco de la CARPETA JUDICIAL Nº 4970/2025 Incidente Nº 13
- IMPUTADO: ABÁN, MIGUEL ÁNGEL s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324) respecto de ABAN, Miguel Ángel DNI: 31.610.644; en la que intervienen la suscripta Juez Federal de Garantías Subrogante, la Srta. Auxiliar Fiscal Federal Dra. Roxana Gual y la Sra. Defensora Oficial Dra. Luciana Cruz, el Ministerio Público Fiscal presentó el acuerdo entre las partes, y habiendo efectuado este Tribunal el control de legalidad conforme lo establecido por los arts. 323 en adelante, requerido del causante su consentimiento, lo cual se efectuó en forma libre y voluntaria respecto a los términos del acuerdo y manifestado en audiencia, todo lo cual obra en el soporte digital que forma parte de la presente; este Tribunal RESOLVIÓ: I.
- HOMOLOGAR el acuerdo pleno arribado entre las partes -el cual se encuentra agregado a la presente carpeta judicial
- y, en consecuencia, CONDENAR a Miguel Ángel Aban DNI: 31.610.644 a la pena de DOS (2) AÑOS y 8 meses de prisión de ejecución condicional, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y reprimido en el art. 5 inc. "c" de la ley 23.737, DISPONIÉNDOSE su libertad;"
"II.
- IMPONER al causante las reglas de conducta establecidas por el art. 27 bis del C.P., las que deberá cumplir durante el tiempo de la condena y que consisten en: 1. Fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato; 2. Abstenerse de relacionarse con determinadas personas o concurrir a determinados lugares; III.
- DISPONER el decomiso de los siguientes bienes: 1. celular Samsung negro, con SIM Claro, nro. 8954310166079868448, 2. Vehículo marca Renault, modelo Koleos 2.5L Privilege 4x4 MT F2, dominio LRV 393, 3. la suma de $100.000; III.
- ORDENAR la destrucción de las muestras testigos de la sustancia estupefaciente secuestrada; IV.
- TENER PRESENTE las renuncias a los plazos procesales manifestadas por las partes, remitiendo los accionados al juez con funciones de ejecución; V.
- TENER PRESENTE que imputado residirá a los fines del cumplimiento de la condena en la calle Balcarce 773, B° Norte, La Quiaca; VI.
- REGISTRAR y comunicar."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en la resolución.
Fechas y montos relevantes: Audiencia 7/07/2026; Fecha de firma 08/07/2026; Pena: 2 años y 8 meses de prisión de ejecución condicional; decomiso: celular (detalles), vehículo Renault Koleos dominio LRV 393, suma $100.000; domicilio para cumplimiento: Balcarce 773, B° Norte, La Quiaca.
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